Convendría dejar claro que el señor Sánchez es anfitrión de turno en las reuniones europeas desarrolladas durante este semestre en España, incluida la de Granada. Y que el señor Zelenski viene a España porque nuestro país ostenta la presidencia de turno de la Unión Europea y que, además, viene a pedir dinero, o el equivalente en armas. Me pregunto, si la presidencia de la UE en estos momentos correspondiera a – por ejemplo- Alemania, si estaríamos presenciado estos alardes o saraos diplomáticos.
Pero, volvamos a la pedestre realidad y al orden constitucional español. Según la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (Artículo 21.5. Del Gobierno en funciones, “El Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades: b) Presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado”.
Lo anterior es un desarrollo del artículo 101 de la Constitución española.
Pero, según un documento del Consejo de la Unión Europea, de 5 de septiembre, el Gobierno español, estando en funciones, presentó al Consejo, el 17 de agosto de 2023, un proyecto normativo articulado, nada menos que “de modificación del Reglamento n.º 1 por el que se fija el régimen lingüístico de la Comunidad Económica Europea”.
Parece evidente que si un Gobierno en funciones no puede presentar proyectos de ley ante el legislador español, menos puede hacerlo ante el legislador de la UE.
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Artículo de interés de Agustín Ruiz Robledo, en El Español: