STC. Libertad de empresa y unidad de mercado

NOTA INFORMATIVA Nº 78/2023

EL TC ESTIMA EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO FRENTE A LA IMPOSICION DE CONDICIONES A LA EXPLOTACIÓN DE LOS RECURSOS DE LITIO POR LA JUNTA DE EXTREMADURA

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con artículos 2, 3, 4 del Decreto-Ley 5/2022, de 31 de agosto, del Gobierno de Extremadura, por el que se establecen medidas urgentes necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en Extremadura.

“… la sentencia considera que la imposición de que el tratamiento y beneficio metalúrgico y mineralúrgico de los recursos del litio, se realicen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, supone introducir una restricción geográfica a la libertad de empresa, que no está justificada por razones imperiosas de interés general, por lo que los preceptos impugnados también incurren en inconstitucionalidad mediata al contravenir el art. 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.”