Como recordará el lector en el caso del huido Puigdemont, años atrás comprobamos cómo algunos jueces europeos (principalmente belgas y alemanes, con complejo de Papiniano) trataron con menosprecio y superioridad a la Justicia española, en concreto a nuestro Tribunal Supremo. Esto fue utilizado por los seguidores de Puigdemont como una muestra de que España perseguía ilícitamente a este individuo, “pues así lo corroboraban tribunales europeos”.
La Comisión Europea, como se verá más adelante, no fue muy clara desde el punto de vista político. Ahora parece que las cosas se van clarificando o poniendo en su sitio, en cuanto se aplica el Derecho.
En abc.es de ayer aparece una interesante noticia de Enrique Serbeto, bajo el título “La Comisión Europea da la razón a España en el caso de las euroórdenes”.
Puede leerse en la noticia:
“El letrado Julio Baquero Cruz, como representante del ejecutivo comunitario, entiende que se pueda realizar una extradición sin revisar el derecho a un juicio justo si no existen «deficiencias sistémicas» de Estado de derecho, que es algo que en todo caso, dijo, debería determinar la propia Comisión y que no es el caso de España. «Confianza mutua quiere decir confianza mutua entre sistemas equivalentes. Si no hay problemas sistémicos la confianza debe mantenerse», informa Efe.
También el ponente del procedimiento, el danés Lars Bay Larsen, que será el encargado de redactar la futura sentencia que debatirán los jueces de la gran sala, reprochó a la justicia belga que no hubiera tomado la iniciativa de consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea antes de tomar una decisión que implicaba desoír las designios de un país miembro”.
Traigo a colación la carta que remití el 11 de abril de 2018 al entonces Presidente de la Comisión Europea, señor Juncker (con copia a la Comisaria de Justicia, señora Jourová):
“Estimado señor Juncker:
Le remito a la noticia aparecida en el día de hoy en el diario elmundo.es:
“Fiscales alemanes y españoles preparan una reunión en La Haya para abordar la entrega de Puigdemont”
dónde pueden leerse las siguientes declaraciones de la Comisaria de Justicia de la Comisión Europea señora JOUROVÁ, que se manifiesta, según ella misma expresa “sin mirar los detalles”, es decir, de forma precipitada:
“Bruselas: Alemania actuó «de acuerdo a las reglas»
La comisaria europea de Justicia, Vera Jourová, consideró hoy que la Justicia alemana actuó «de acuerdo a las reglas» en relación con la petición de extradición a España del expresidente catalán Carles Puigdemont.
«Tendría que mirar los detalles, pero creo que en este caso específico Alemania actuó de acuerdo a las reglas», dijo Jourová en una rueda de prensa, al referirse a la decisión de la audiencia territorial de Schleswig-Holstein de desestimar el delito de rebelión del que acusa a Puigdemont la Justicia española.
La comisaria subrayó que los expertos de su equipo «no le han alertado sobre ninguna aplicación errónea de la euroorden» en Alemania. Jourová descartó también que la Comisión Europea (CE) esté planeando ampliar la lista de delitos por los que se puede cursar una euroorden, una negativa que ya había expresado el pasado mes de diciembre después de que España considerara que la lista había quedado «obsoleta».
«No tengo ningún requerimiento de este tipo de ninguno de los Estados miembros. Tuvimos algo de debate con los colegas españoles el año pasado, pero en este momento no estamos continuando este diálogo», explicó la comisaria checa, informa Efe.
Para Jourová, la orden de arresto europea tiene «otros problemas», como las diferencias entre Estados miembros respecto a los niveles de bienestar en las prisiones, ya que en algunos países las cárceles «no cumplen con los estándares necesarios», aunque incidió en que se trata de un problema que no tiene que ver con el caso de Puigdemont”.
Las referidas declaraciones son inapropiadas e inaceptables.
Es muy probable que en este asunto se envíe al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial para que se pronuncie sobre la interpretación, en un caso como éste, de la normativa relacionada con la Euroorden.
Como Vd. perfectamente conoce, la Comisión Europea presenta habitualmente sus opiniones jurídicas dentro del marco de la cuestión prejudicial, una vez que conoce el expediente completo que obra en el Tribunal de Justicia.
Por tanto, las manifestaciones de la señora comisaria podrían constituir una inaceptable anticipación (y claro prejuicio) de la opinión que pudiera dar la Comisión en el procedimiento prejudicial una vez conocido el expediente y, sobre todo, las argumentaciones del órgano jurisdiccional remitente.
Por tanto, le ruego que tenga este escrito como una queja formal respecto a dichas declaraciones, que suponen un comportamiento inaceptable y precipitado sobre un asunto del que es posible que la Comisión Europea tenga que intervenir en un futuro próximo con objetividad e imparcialidad.
Muy atentamente”
Puede verse:
Ibáñez García: “El TJUE debería interpretar la euroorden”
Diario La Ley, Nº 9175, Sección Documento on-line, 11 de Abril de 2018, Editorial Wolters Kluwer.