La Comisión Europea reitera a España su incumplimiento de la normativa bancaria de la UE y las libertades fundamentales del mercado único

España no ha transpuesto en plazo la Directiva (UE) 2024/1619 (CRD VI) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2024, que contiene especiales previsiones sobre la supervisión de la adquisición de participaciones significativas en el sector financiero, las transferencias significativas de activos y pasivos y las fusiones y escisiones en las que intervenga un ente supervisado.

Esta ausencia de transposición reviste especial gravedad teniendo en cuenta que la Comisión Europea tiene abierto un expediente de infracción contra España por considerar que ciertas disposiciones de la legislación bancaria y de la ley de la competencia españolas, que conceden exorbitantes facultades discrecionales al Gobierno, constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales e incumplen reglamentos y directivas europeos.

(Paquete de procedimientos de infracción de junio: principales decisiones)

La Comisión insta a España a que cumpla la normativa bancaria de la UE y las libertades fundamentales del mercado único

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento complementaria a España [INFR(2025)2121] por incumplir el Reglamento sobre el Mecanismo Único de Supervisión [Reglamento (UE) n.º 1024/2013 del Consejo] y la Directiva sobre requisitos de capital (Directiva 2013/36/UE), así como los artículos 49 y 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Desde que la Comisión envió su carta de emplazamiento el 17 de julio de 2025, la Directiva (UE) 2024/1619 (Directiva sobre requisitos de capital [DRC] VI) ha entrado en vigor y el plazo para su transposición expiró el 10 de enero de 2026. Como consecuencia de ello, la Comisión ha actualizado la evaluación jurídica subyacente a este procedimiento e incluido las disposiciones pertinentes de la DRC VI entre las infracciones detectadas.

Concretamente, la Comisión considera que las medidas españolas en cuestión son incompatibles con el nuevo marco que establece la DRC VI, que rige las adquisiciones, las fusiones, las escisiones y otros cambios estructurales que afectan a las instituciones crediticias, lo cual refuerza las preocupaciones que ya se manifestaron en la carta de emplazamiento de 2025.

Las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la consecución de la unión bancaria. Estas fusiones también garantizan que el capital se asigne de manera eficiente en toda la UE y que la ciudadanía y las empresas tengan acceso a los productos financieros a precios competitivos, un objetivo clave de la Unión de Ahorros e Inversiones.

Por consiguiente, la Comisión ha enviado hoy una carta de emplazamiento complementaria a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias que le ha señalado. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

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