El Defensor del Pueblo ha pedido a la Comisión que responda a las conclusiones de la investigación preliminar sobre la falta de transparencia en sus interacciones con los grupos de presión del tabaco. Su opinión preliminar es que esto constituye mala administración.
Tras un examen detallado de los documentos relativos a las reuniones de la Comisión con representantes de la industria tabacalera en 2020 y 2021, el Defensor del Pueblo identificó varios problemas de transparencia.
La investigación muestra que numerosos departamentos de la Comisión mantuvieron reuniones con representantes del tabaco en este período, pero el departamento de salud (DG SANTE) fue el único que publica de manera proactiva registros de todas esas reuniones con sus funcionarios, independientemente de su grado de antigüedad.
Otros departamentos, como Impuestos e Impuestos Especiales, Comercio, Mercado Interior y Acción por el Clima, publican de forma proactiva solo las reuniones con altos funcionarios o comisarios. Los que tenían lugar en niveles inferiores no se hicieron públicos de manera proactiva. Esto muestra que el enfoque del cabildeo del tabaco no ha cambiado desde la última investigación del Defensor del Pueblo en 2016.
En 2004, la UE firmó el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT). Los signatarios están obligados a limitar sus interacciones con la industria tabacalera y hacer que esas interacciones sean transparentes.
La investigación también encuentra que la Comisión no levantó actas de todas las reuniones que tuvieron lugar en 2020 y 2021. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo se pregunta cómo puede la Comisión asegurar al público que sus interacciones con los cabilderos del tabaco no socavan las políticas de salud pública, como se requiere por el CMCT, si no existen actas que detallen lo que realmente sucedió en esas reuniones.
El Defensor del Pueblo pide a la Comisión que explique cómo evalúa la necesidad de reunirse con los grupos de presión del tabaco, ya que la investigación mostró que tales evaluaciones no se realizan de forma sistemática. Las pautas del CMCT establecen que las interacciones con la industria tabacalera deben tener lugar solo cuando sea estrictamente necesario desde un punto de vista regulatorio.
La opinión preliminar del Defensor del Pueblo es que el hecho de que la Comisión en su conjunto no publique proactivamente los detalles de sus reuniones con los grupos de presión del tabaco es mala administración, al igual que no llevar actas de todas esas reuniones.
Ha pedido a la Comisión que responda a sus conclusiones preliminares a mediados de julio de 2023.
Esta investigación es una continuación de una investigación en 2016, que encontró mala administración a la luz de la negativa de la Comisión a aplicar la política de transparencia proactiva de la DG SANTE en todos sus departamentos”.
Carta del 14 de abril de la Defensora del Pueblo Europeo a la Presidenta de la Comisión Europea.
“La transparencia de las interacciones de la Comisión Europea con los representantes de la industria tabacalera
CASO OI/6/2021/KR – ABIERTO EL Viernes | 26 noviembre 2021 – INSTITUCIÓN CONCERNIDA Comisión Europea
El Defensor del Pueblo inició una investigación por iniciativa propia para examinar la transparencia de las reuniones entre la Comisión Europea y los representantes de la industria tabacalera, así como para evaluar cómo cumple la Comisión las disposiciones pertinentes del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud.
El equipo de investigación del Defensor del Pueblo inspeccionó determinados documentos en poder de la Comisión relativos a las interacciones con la industria tabacalera y los debatió en una reunión con representantes de la Comisión. En base a esto, la Defensora del Pueblo envió sus conclusiones preliminares a la Comisión y le pidió que respondiera. Estos hallazgos se refieren a la publicación de detalles de las interacciones con los representantes de los intereses del tabaco, el mantenimiento de registros relacionados con las interacciones con el sector del tabaco y cómo la Comisión evalúa la «necesidad» de dichas interacciones.”
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