El legislador y la Administración, con su lenguaje, se olvidan del verdadero destinatario de las normas y de los actos administrativos: el ciudadano

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia publicó ayer su Informe sobre el borrador de Real Decreto por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual”, en el que puede leerse:

“5.12. Empleo de tecnicismos

 Es de destacar un defecto del que adolece el BRD, al contrario que la LGCA. Por ejemplo, en el artículo 13.1 se emplean términos como ondas hertzianas terrestres, emisiones de acceso condicional, codificadas, IPTv, DAB, up-link y demás léxico técnico sobre el que no se incorpora ninguna especificación en el articulado, ni en forma de anexo de definiciones o de ejemplificación concisa en el preámbulo.

Tan solo una parte de esta terminología está recogida en el artículo 2 de la LGCA. Por tanto, la remisión efectuada por el artículo 3 del BRD es insuficiente.

Los tecnicismos propios del ámbito de las telecomunicaciones influyen negativamente en la transparencia de la ley, recordando que los destinatarios de la misma no han de ser necesariamente expertos en el sector”.

De gran interés es el reciente artículo de Estrella Montolío Durán:

“La dificultad de entender el lenguaje que utilizan las Administraciones públicas”