Información de Fran Serrato, en The Objective:
“Sánchez incumple la normativa europea con la enmienda a la amnistía que blinda a Puigdemont
Los expertos consideran que dejar sin efecto las órdenes de búsqueda y captura vulnera la independencia judicial”
Recoge mi opinión:
«Todas aquellas enmiendas que han sido aceptadas y que tratan de dejar sin aplicación el artículo 267 del del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), incluido el alzamiento automático de medidas cautelares, son contrarias al derecho de la UE: al principio de efectividad y al de seguridad jurídica y a los derechos de buena administración y tutela judicial efectiva, reconocidos, respectivamente, en los artículos 41 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE», insiste el abogado Isaac Ibáñez, especializado en Derecho europeo.
Juan Ignacio Navas subraya que el cambio en el artículo 4 de la ley de amnistía intenta que no se atiendan requerimientos comunitarios cuando «estamos obligados a cumplir toda la normativa en índole judicial». El experto explica que la Comisión Europea tiene instrumentos para iniciar un procedimiento contra España en caso de que incumplir que puede suponer la retirada de ayudas económicas. El abogado Isaac Ibáñez incide en esa línea afirmando que el Ejecutivo europeo, como guardián de los tratados, puede incoar procedimientos de infracción, tal y como contempla el artículo 258 del TFUE.
Información de Gema Huesca, en Vozpópuli:
Los expertos recuerdan que el Derecho de la Unión prevalece sobre el derecho nacional por lo que el planteamiento de la cuestión prejudicial al TJUE paralizaría la aplicación de la norma, aunque esta contravenga la ley de amnistía”
Relacionado:
Guía para el planteamiento de cuestiones prejudiciales europeas. A propósito de la ley de amnistía