Consecuencias de la derogación de la sanción penal a los piquetes violentos
Estoy seguro de que los transportistas están cargados de razones para ir a la huelga y que el responsable de la misma o de su motivación es un Gobierno que habla mucho y hace poco. Pero ello no es motivo para violentar un derecho fundamental: la libre elección (individual) para secundar o no una huelga.
Me remito a una interesante información de Susana Alcelay en abc.com de hoy:
“El arma de doble filo de los piquetes: Sánchez los despenalizó y ahora colapsan el transporte.
Piquetes violentos están impidiendo el trabajo de los camioneros en algunos puntos de España mientras las patronales denuncian graves perjuicios a la cadena de suministro
En 2021 Pedro Sánchez y su aliado Podemos acababa con las penas de cárcel para actos violentos en las huelgas”.
Puede leerse en la misma:
“A instancias de Pedro Sánchez y de su aliado Podemos, el Parlamento daba luz verde hace un año a la derogación del artículo del Código Penal que incluía las penas de cárcel entre los castigos a los piquetes violentos de las huelgas. Con la derogación del artículo 315.3 del Código Penal se satisfacía una de las viejas reivindicaciones de los sindicatos, así como una promesa constante de los partidos del ala izquierda, que habían perseguido su anulación al haberse juzgado y condenado a más de 300 personas, en su mayoría sindicalistas, por su participación en piquetes violentos en las huelgas generales del 29 de septiembre de 2010, del 29 de marzo de 2012 y el 14 de noviembre de ese año. Fue la primera vez en democracia que los sindicatos convocaron dos huelgas generales en un mismo año, en ambos casos contra el Gobierno de Mariano Rajoy. Ninguno de los acusados, sin embargo, ha ingresado en prisión».
Hace muchos años escribí sobre esto:
La posible limitación temporal de los actos de publicidad de una huelga. Revista de Trabajo y Seguridad Social, Centro de Estudios Financieros, nº 189, diciembre 1998.