Comisión Europea: Informe Estado de Derecho 2026

De nuevo, otro decepcionante informe, respecto al capítulo español, que denota un claro desconocimiento de la realidad española o, lo que sería peor, una actitud connivente.

Informe

Resumen por países

Capítulo español

Es deplorable la ausencia de crítica a la limitación de la acción popular que pretende el Gobierno, cuando los mayores casos de corrupción que se están ventilando ahora mismo en los tribunales quedarían impunes si la acción popular no existiera.

Como ha subrayado el magistrado de la Sala segunda de nuestro Tribunal Supremo, Manuel Marchena: establecer límites injustificados a la acusación popular supondría «coquetear con el abismo». A su juicio, esta herramienta es «indispensable» y una garantía constitucional esencial para luchar contra las posibles «inmunidades del poder» que pudieran estar protegidas por la Fiscalía.

Tibias críticas al acoso al que el Gobierno y sus adláteres someten al Poder Judicial y lo que parece un inaceptable “reparto de culpas”:

“Según los estándares europeos, si bien criticar las decisiones judiciales es un aspecto normal del discurso democrático, los poderes ejecutivo y legislativo deben evitar las críticas que socaven la independencia del poder judicial o la confianza pública en él.  Asimismo, todos los órganos del Estado —ejecutivo, legislativo y judicial— deben respetarse mutuamente para garantizar el correcto funcionamiento de las instituciones constitucionales y proteger la confianza del público en ellas”.

Etcétera, etcétera…

Entre otras perlas, a las que la Comisión no parece prestar la mínima atención, o, lo que es lo mismo, realiza críticas light:

Artículo 14: Leire Díez puso en el punto de mira a Beatriz Biedma: “Jueza de Badajoz. La Celsa. Heroína o gitano”

Las anotaciones intervenidas a Leire Díez revelan el seguimiento de la trama a Beatriz Biedma, la jueza investigó al hermano de Pedro Sáchez.

https://www.articulo14.es/politica/la-fontanera-de-ferraz-contra-beatriz-biedma-jueza-de-badajoz-la-celsa-heroina-o-gitano-20260715.html

Artículo 14: Marchena, Llarena, Lesmes, Lucas, Tolosa: la persecución de Leire a jueces del Supremo para favorecer la amnistía de Puigdemont

Hubo cuatro meses de conversación por chat entre la exmilitante del PSOE y el abogado de Puigdemont en plena presión por su amnistía y una reunión clave”.

https://www.articulo14.es/politica/marchena-llarena-lucas-tolosa-la-persecucion-de-leire-a-jueces-del-supremo-para-favorecer-a-puigdemont-20260716.html

Ni igualdad, ni mérito, ni capacidad en el acceso al empleo público. Enchufismo corrupto y delictivo

El País: El Gobierno denuncia que lo pretenden “derribar” ante “la incapacidad de hacerlo por las urnas” tras la condena al hermano de Sánchez

Rebeca Torró atribuye la sentencia a “una estrategia para desgastar” al Ejecutivo “por cualquier medio” y Patxi López califica el fallo de “cacería” contra el PSOE y el presidente”.

https://elpais.com/espana/2026-07-14/puente-denuncia-que-se-pretende-derribar-al-gobierno-ante-la-incapacidad-de-hacerlo-por-las-urnas-tras-la-condena-del-hermano-de-sanchez.html

Frente a la escoria corrupta que habla de lawfare:

Confilegal: La defensa de David Sánchez recurirrá la sentencia, pero niega que se trate de un caso de «lawfare»

https://confilegal.com/20260715-la-defensa-de-david-sanchez-recurirra-la-sentencia-pero-niega-que-se-trate-de-un-caso-de-lawfare/

Y, por enésima vez:

Confilegal: Isabel Perelló cierra filas con la carrera judicial frente a las «críticas constantes» al recoger el Premio Legálitas

«Me gustaría dedicar este premio a todos los jueces que cada día cumplen con profesionalidad su deber, con vocación y responsabilidad en nuestro país», dijo, antes de virar hacia un terreno más incómodo.

Lleva tiempo, advirtió, produciéndose «graves críticas a las instituciones garantes del Estado de derecho, cuya legitimidad se pone en tela de juicio».

Y fue más allá: «Los jueces se convierten en objeto de ataques de críticas constantes en su legitimidad, en su independencia, incluso en su integridad personal». Sobre las injerencias en la independencia judicial —«venga de donde venga»— las calificó de amenaza directa al Estado de derecho.

No mencionó nombres. No hacía falta”.

Sobre el asalto y desprestigio a las instituciones:

ABC: Un general denuncia a la cúpula de la Guardia Civil por coaccionarle para boicotear a Ayuso

 

El teniente general Luis del Castillo transmitió al general jefe de la zona de Madrid, Fernando Mora, la «instrucción política» de Mercedes González de plantar al gobierno regional en el Día de la Comunidad”.

ABC: «¡No me toques los cojones!». El ‘dos’ del DAO amenazó con cesar al general que se negó al boicot

El Mando de Operaciones de la Guardia Civil, a Mora tras darle la orden de no asistir a un acto de la Comunidad de Madrid: «¡Vete a la puta mierda! No te meto dos hostias porque no te tengo aquí delante…»

Pero, todo esto, a la Comisión Europea ¿qué le importa?

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 Mi CONTRIBUCIÓN A LA CONSULTA ESPECÍFICA DE LA COMISIÓN EUROPEA PARA PREPARAR EL INFORME SOBRE EL ESTADO DE DERECHO EN 2026 (9 de diciembre de 2025):

I.- Ataques a la independencia del Poder Judicial

Se producen continuos ataques, desde el Gobierno -encabezados por su presidente- a la independencia del Poder Judicial, especialmente desde la condena al ex fiscal General del Estado por el Tribunal Supremo.

La Comisión Europea está al tanto de estos ataques y no hace nada al respecto.

II.- Degradación del procedimiento legislativo español

La Comisión también está al corriente de la degradación del procedimiento legislativo español, que se manifiesta: en el abuso del decreto-ley; la utilización de las proposiciones de ley presentadas por grupos parlamentarios afines al Gobierno, la utilización de las denominadas enmiendas intrusas, abuso de los procedimientos de urgencia, etcétera, todo ello con la finalidad de obviar trámites esenciales como las consultas públicas y los informes de órganos consultivos como el Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, etcétera.

III.- Degradación por el Tribunal Constitucional español de la cuestión prejudicial europea (artículo 267 del TFUE)

De este asunto tiene conocimiento la Comisión a través de la denuncia de 25 de marzo de 2025, que está tramitando la Dirección General de Justicia y Consumidores. Expediente: CPLT(2025)00464.

IV.- Mala administración por parte de la Comisión en la tramitación de las denuncias de infracciones del Derecho de la UE. Caso español

La tardanza en la tramitación de las denuncias por infracción del Derecho de la UE y de los procedimientos de infracción es crítica habitual por el Parlamento Europeo.

Ejemplo paradigmático es el expediente CPLT(2023)01784, antes CHAP(2023)00121, abierto por una denuncia de fecha 8 de enero de 2023, sobre la reforma legislativa en España, que rebajó las penas en el delito de malversación.

El entonces comisario encargado del asunto (señor Reynders. Hoy procesado en Bélgica por blanqueo de capitales) manifestó ante el Pleno del Parlamento Europeo, el 18 de enero de 2023, que la Comisión Europea estaba analizando la reforma del Código Penal español, y en especial la reforma del delito de malversación.

V.- Mala administración sistémica por parte de la Comisión en su función de asegurar el cumplimiento de las sentencias del TJUE

Existe una mala administración de carácter sistémico en la forma en que la Comisión ejerce referida función.

El Tribunal ha construido una línea jurisprudencial constante basada en tres ideas clave:

  1. El cumplimiento debe ser inmediato, efectivo y completo.
  2. La Comisión Europea supervisa e impulsa la ejecución.
  3. El TJUE, a instancias de la Comisión, puede imponer sanciones económicas disuasorias para asegurar la autoridad y eficacia de sus decisiones.

Desde los principios del Estado de Derecho, seguridad jurídica y buena administración, entre otros, es imperativo que las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cumplan cuanto antes.

Lo anterior es muy importante, respecto al papel de la Comisión Europea, pues el Tribunal de Justicia no tiene una competencia directa de ejecución (únicamente tiene competencia jurisdiccional para declarar el incumplimiento y para imponer sanciones financieras, siempre por recomendación de la Comisión, en caso de incumplimiento). Es decir, el TJUE no dispone de un poder ejecutivo o coercitivo propio, pues depende de la iniciativa de la Comisión, que tiene una responsabilidad clara al respecto.

Ejemplo paradigmático es el incumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de junio de 2022 (asunto C-278/20. Comisión/España).

La Comisión está incumpliendo sus propias normas internas, en las que fija un plazo de referencia, de entre 8 y 18 meses, antes de decidir iniciar un nuevo procedimiento bajo el art. 260.2 TFUE por incumplimiento de la sentencia del TJUE.

Debe tenerse en cuenta que referida sentencia del TJUE estuvo precedida por un largo procedimiento de infracción, también a cargo de la Comisión, iniciado en base a una denuncia presentada en el lejano 2 de octubre de 2015.

VI.- Incumplimiento sistémico por la Comisión de las normas de acceso a los documentos

Como tiene denunciado constantemente el Defensor del Pueblo Europeo, la Comisión incumple de forma sistemática las normas de acceso a sus documentos, especialmente los relacionados con el procedimiento legislativo.

Relacionado:

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