Muy interesante el estudio de Maria José Alonso Mas; Profesora Titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Valencia.
El reexamen de las sanciones administrativas sigue siendo un problema mal resuelto. La prueba está en los criterios de admisión de la casación, que distan de ser unívocos; sin que sea suficiente la “interpretación favorable a la admisión” auspiciada desde Flensburg. En ocasiones se inadmite la casación pese a tratarse de sanciones de extrema gravedad por falta de interés casacional; en otras, se admite la casación a los meros efectos de determinar si concurren o no los requisitos del reexamen, y en este caso, si la respuesta de la sentencia es negativa, se desestimará la casación. En cuanto a la apelación, está pendiente de resolverse un recurso de casación donde se cuestiona la compatibilidad del art. 81-1 a) LJCA con el derecho al reexamen.