El reexamen de las sanciones administrativas en sede casacional

Muy interesante el estudio de Maria José Alonso Mas; Profesora Titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Valencia.

“El reexamen de las sanciones administrativas en la jurisprudencia posterior a Flensburg y Barna Import”

 El reexamen de las sanciones administrativas sigue siendo un problema mal resuelto. La prueba está en los criterios de admisión de la casación, que distan de ser unívocos; sin que sea suficiente la “interpretación favorable a la admisión” auspiciada desde Flensburg. En ocasiones se inadmite la casación pese a tratarse de sanciones de extrema gravedad por falta de interés casacional; en otras, se admite la casación a los meros efectos de determinar si concurren o no los requisitos del reexamen, y en este caso, si la respuesta de la sentencia es negativa, se desestimará la casación. En cuanto a la apelación, está pendiente de resolverse un recurso de casación donde se cuestiona la compatibilidad del art. 81-1 a) LJCA con el derecho al reexamen.

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