Es lo pertinente y así se deduce de la jurisprudencia del mismo Tribunal Constitucional (TC), que establece que la prioridad en el planteamiento debe corresponder, por principio, a la cuestión prejudicial europea.
Por tanto, si el TC quiere ser respetuoso con su propia jurisprudencia y habiéndose planteado ya cuestión prejudicial europea por otros órganos jurisdiccionales, antes de dictar sentencia debería esperar al pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE.
O, si lo estima conveniente, plantear su propia cuestión prejudicial ante el TJUE.
Asimismo, es falaz argumentar que lo anterior no es procedente porque el asunto afecta a derechos fundamentales de los potenciales beneficiarios de la ley de amnistía, por lo que «no se debe demorar»; pues podría solicitarse al TJUE la tramitación del asunto por el procedimiento acelerado, que reduce los plazos y concede prioridad al asunto. Y, en caso contrario, que los golpistas esperen, como cualquier hijo de vecino.
Tres magistrados del ala conservadora del Tribunal Constitucional (TC) han solicitado al Pleno que presente una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía o que paralice la tramitación del recurso de inconstitucionalidad que presentaron los diputados del PP contra dicha norma hasta que la corte europea conteste las consultas de otros tribunales españoles sobre dicha ley.