El TJUE precisa las circunstancias en las que el Derecho de la UE puede prohibir exenciones fiscales

Comunicado de Prensa nº 54/2025: 29 de abril de 2025

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-453/23 Prezydent Miasta Mielca

Ayudas de Estado: el Tribunal de Justicia precisa las circunstancias en las que el Derecho de la Unión puede prohibir exenciones fiscales

En Polonia, se denegó a una empresa la exención del impuesto sobre bienes inmuebles prevista cuando el terreno cuenta con una infraestructura ferroviaria que se pone a disposición de transportistas ferroviarios, por considerar que la concesión de dicha exención infringe el Derecho de la Unión en materia de ayudas de Estado. El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo polaco ha preguntado al Tribunal de Justicia sobre esta cuestión. El Tribunal de Justicia considera que, en principio, una exención general y abstracta como la prevista en la ley polaca no constituye una ayuda de Estado, ya que no confiere una ventaja selectiva. Esta exención no parece estar vinculada a las características específicas de las empresas beneficiarias o de sus actividades y no parece formar parte de un sistema manifiestamente discriminatorio. Sobre la base de un criterio neutro, se aplica a diversos agentes, incluidas empresas de diferentes tamaños y sectores y entidades no económicas. Además, persigue un doble objetivo: presupuestario y medioambiental. No obstante, corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar si el régimen de exención controvertido constituye o no una ayuda de Estado.

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