El Defensor del Pueblo Europeo pide a la Comisión que garantice la diversidad de conocimientos especializados del Comité de Control Reglamentario

El Comité de Control Reglamentario es un órgano independiente dentro de la Comisión que asesora al Colegio de Comisarios. Ejerce una función central de control de calidad y de asistencia en relación con de las evaluaciones de impacto y otras evaluaciones de la Comisión en las fases iniciales del proceso legislativo. El trabajo del Comité sobre las evaluaciones de impacto refuerza las evaluaciones posteriores, y viceversa.

El Comité examina todos los proyectos de evaluación de impacto y los controles de la adecuación de la legislación de la Comisión, así como las principales evaluaciones de la legislación vigente, y emite los correspondientes dictámenes y recomendaciones. El Comité presta también un asesoramiento transversal a la Secretaría General de la Comisión en relación con la política de mejora de la legislación.

Caso 439/2023/KR – Abierto el martes | 04 abril 2023 – Decisión del viernes | 13 septiembre 2024 – Institución concernida Comisión Europea (No se justifican medidas de investigación adicionales).

La Defensora del Pueblo ha formulado sugerencias a la Comisión Europea sobre la composición del Comité de Control Reglamentario y sobre las interacciones del Comité con los representantes de intereses.

 El Comité de Control Reglamentario revisa y emite dictámenes sobre los proyectos de evaluaciones de impacto de la Comisión que acompañan a las propuestas de nueva legislación de la UE o a las evaluaciones de la legislación vigente. Si el Comité emite un dictamen negativo, la Comisión debe modificar el proyecto de evaluación de impacto para abordar sus preocupaciones. Esto le da una influencia significativa en la toma de decisiones de la Comisión en lo que respecta a la elaboración de la legislación de la UE.

 Tras una investigación, la Defensora del Pueblo pidió a la Comisión que hiciera más para garantizar que la composición del Comité incluyera suficientes conocimientos especializados en macroeconomía y microeconomía, política social y política medioambiental. La diversidad de conocimientos especializados responde a los requisitos establecidos en una Comunicación de la Comisión sobre el Comité de Control Reglamentario publicada en 2015. Como parte del cumplimiento de este objetivo, la Comisión debe describir claramente los criterios que aplica para seleccionar a los miembros del Comité.

 La Defensora del Pueblo también dijo que la Comisión debería garantizar que los miembros de la Junta eviten celebrar reuniones con representantes de intereses individuales. Subrayó que, cuando se trataba de actividades de divulgación, era importante que los miembros tuvieran en cuenta no sólo el riesgo real de influencia indebida en su trabajo, sino también la percepción pública de su independencia.

 La investigación del Defensor del Pueblo siguió a una reclamación de una organización no gubernamental. La organización había criticado el papel de la Junta en relación con un expediente específico y compartía preocupaciones más amplias con respecto a su independencia.

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