El 14 de mayo el Tribunal General UE se pronuncia en el caso Stevi y The New York Times / Comisión. Acceso a documentos

El próximo miércoles, 14 de mayo, el Tribunal General de la Unión Europea fallará sobre el asunto planteado por el New York Times a costa de la negativa de la Comisión a hacer públicos los mensajes de texto entre la presidenta von der Leyen y el consejero delegado de Pfizer, Albert Bourla, en 2021. Los mensajes de texto se referían a las negociaciones entre la Comisión y la empresa sobre los contratos para la compra de vacunas para el coronavirus que la Comisión Europea coordinó para todos los países de la UE, unos intercambios entonces revelados por el New York Times.

Sobre este asunto, la Defensora del Pueblo Europeo[1] ya había declarado que “no cabe duda de que los mensajes de texto (cuyo contenido se refiere a las políticas, actividades y decisiones que entran en el ámbito de responsabilidad de la institución) se consideran documentos de la UE en virtud del Reglamento (CE) n.º 1049/2001, estén o no registrados, y que la Comisión debería haber buscado los documentos solicitados.

El ardid de la falta de registro de los documentos es también empleado por la Comisión para negar el acceso a otro tipo de documentos, como informes internos.

Ya al final de su mandato, teniendo en cuenta que la Comisión Europea estaba haciendo caso omiso a sus recomendaciones, la anterior Defensora del Pueblo Europeo señora O’Reilly se mostró claramente pesimista sobre la aplicación del Reglamento (CE) nº 1049/2001. Así, en su discurso del 13 de diciembre de 2024 en Maastricht, dijo: “no tengo plena confianza en que esa brecha de rendición de cuentas se vaya a colmar o en que exista un deseo político de colmarla. El acceso a los documentos está ahora más controlado que nunca, y los casos de supuesta sensibilidad política se retrasan durante un tiempo inadmisible o se deniegan por motivos muy dudosos”.

Recurso interpuesto el 25 de enero de 2023 — Stevi y The New York Times/Comisión. (Asunto  T-36/23 ). (2023/C 112/48)

Partes

Demandantes: Matina Stevi (Bruselas, Bélgica), The New York Times Company (Nueva York, Nueva York, Estados Unidos) (representante: B. Kloostra, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

 

Anule la decisión de confirmación de la Comisión C(2022) 8371 final de 15 de noviembre de 2022 (en lo sucesivo, «decisión impugnada»).

 

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

 

1. Primer motivo, basado en la infracción del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, (1) y más concretamente de su artículo 3, apartado 1, así como infracción del artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

Aplicando un argumento extralegal basado en el artículo 7, apartado 1, de la Decisión (UE) 2021/2121 (2) de la Comisión, la Comisión descartó ilegalmente el Reglamento n.o 1049/2001 y especialmente su artículo 3, letra a), al considerar que los mensajes de texto no registrados no pueden calificarse de documentos con arreglo al Reglamento n.o 1049/2001 y/o al no aplicar el artículo 3, letra a), del Reglamento n.o 1049/2001 a la información solicitada, violando así también el derecho fundamental a recibir información consagrado en el artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

2. Segundo motivo basado en la infracción del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, y más en particular de su artículo 2, apartado 3.

 

Aplicando un argumento extralegal basado en el artículo 7, apartado 1, de la Decisión 2021/2121, la Comisión descartó ilegalmente el artículo 2, apartado 3, del Reglamento n.o 1049/2001, al considerar que los mensajes de texto no registrados no pueden calificarse de documentos que obran en poder de la Comisión con arreglo al Reglamento n.o 1049/2001 y/o al interpretar que el artículo 2, apartado 3, del Reglamento n.o 1049/2001 lleva a la conclusión de que la información solicitada no obra en poder de la Comisión.

 

3. Tercer motivo basado en la vulneración del principio de buena administración.

 

La Comisión, en la decisión impugnada, afirma sin ninguna motivación que la información solicitada no existe, contradiciendo sin fundamento al Presidente de la Comisión, lo que supone una mala administración.

(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001 L 145, p. 43).

(2)  Decisión (UE) 2021/2121 de la Comisión de 6 de julio de 2020 relativa a la gestión de documentos y archivos (DO 2021 L 430, p. 30).

[1] Decisión de 12 de julio de 2022, sobre la denegación por parte de la Comisión Europea de acceso público a mensajes de texto intercambiados entre el presidente de la Comisión y el director ejecutivo de una empresa farmacéutica sobre la compra de una vacuna contra la COVID-19 (asunto 1316/2021/MIG).

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