Dictamen nº 55/2023 (Procedencia: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA). Asunto: Proyecto de Orden por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas. Fecha de aprobación: 09/02/2023.
De interés es la siguiente información de Mercedes Serraller, hoy en vozpopuli.com:
La banca presiona a Hacienda para suavizar la lista de paraísos fiscales
Esta noticia es un ejemplo de la importancia que tiene el conocimiento y acceso a la denominada “huella normativa”: el conjunto de documentos y contenidos que se generan en el proceso de tramitación de las normas, especialmente en su fase prelegislativa o gubernamental. Se refiere al expediente completo de elaboración, que incluye, sin ánimo de exhaustividad, todo tipo de informes, dictámenes, memorias de impacto, intervenciones y análisis de las aportaciones en relación a los trámites de información y audiencia públicas, etcétera. La “huella normativa” y su acceso por el público es fundamental para la rendición de cuentas, tanto ex ante (permitiendo el debate público en tiempo real) como ex post a la adopción de la norma.
Es recomendable la lectura íntegra del dictamen. No obstante:
“VI. Coda
El Consejo de Estado considera, ponderando todas las circunstancias concurrentes en el presente expediente y, especialmente, las consecuencias que podría tener el hecho de no aprobar el proyecto antes del 11 de febrero de 2023, que los defectos que han sido puestos de manifiesto en la tramitación del proyecto sometido a consulta y que aquí han sido señalados no impiden que pueda aprobarse la orden ministerial.
Ahora bien, lo anterior no obsta para que se considere que la autoridad consultante podría valorar la posibilidad de aprobar el proyecto remitido mediante real decreto. Adicionalmente, también podría ponderarse la conveniencia de, una vez aprobado el proyecto, iniciar la tramitación de un nuevo proyecto de real decreto que actualice el listado.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado es de dictamen:
Que, una vez consideradas las observaciones contenidas en el cuerpo del presente dictamen, puede aprobarse el proyecto de Orden por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas».
Como el que oye llover…
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