El dogma del agotamiento de la vía administrativa previa a la judicial. Los recursos administrativos manifiestamente inútiles. STS USA

Monsieur de Villefort nos comenta una reciente sentencia del Tribunal Supremo de los EEUU:

LUNA PÉREZ v STURGIS: UNA LECCIÓN MAGISTRAL DE SIETE PÁGINAS SOBRE INTERPRETACIÓN LEGAL ACERCA DEL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE RECLAMACIONES SOBRE DISCAPACIDAD

Dice el TS:

“Es claro que la sección 1415(l) establece una excepción a dicho principio. La segunda cláusula proscribe a las personas “solicitar remedios” bajo otras leyes federales salvo que con carácter previo agoten los procedimientos previstos en las subsecciones (f) y (g). Pero, en sus propios términos, el lenguaje limitativo no se aplica a todos los pleitos que busquen obtener remedios con base en otras leyes federales. El requisito de agotamiento de la vía administrativa previa se exige sólo a los pleitos que pretendan “obtener remedios…igualmente disponibles al amparo de la IDEA”. Y ese requisito no se da en casos como el presente, donde un demandante interpone una solicitud al amparo de otra ley federal solicitando compensación por daños, una forma de reparación que todo el mundo está de acuerdo la IDEA no ofrece.

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Los recursos administrativos manifiestamente inútiles (STS 815/2018, de 21-05-2018)

Autores: Isaac Ibáñez García

Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9231, 2018

 Resumen

Se analiza la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2018 que estima el recurso de casación interpuesto por la contribuyente contra la sentencia del TSJ Extremadura, que declaró inadmisible el procedimiento ordinario al no haber agotado la interesada la vía administrativa previa. Si bien esta sentencia se refiere al recurso de reposición preceptivo de los entes locales en materias económico-tributarias, su doctrina y criterio resultan perfectamente aplicables a todo supuesto de impugnación de acto administrativo, de cualquier materia y ante cualquiera administración, ya sea recurso de alzada o ya reclamación económico-administrativa, cuando el único fundamento sea la inconstitucionalidad de la norma que ampara dicho acto administrativo.

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Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10032, 2022

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Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 68, 2020