Se va confirmando nuestra tesis: las Normas Técnicas Armonizadas deben ser publicadas en el Diario Oficial de la UE, a fin de asegurar que son ejecutivas y accesibles. Conclusiones de la Abogada General Medina

Conclusiones de la Abogada General en el asunto C-588/21 P | Public.Resource.Org y Right to Know/Comisión y otros

COMUNICADO DE PRENSA n.º 110/23 Luxemburgo, 22 de junio de 2023

Según la Abogada General Medina, las normas técnicas armonizadas europeas deben ser libremente accesibles, de forma gratuita, debido a su especial naturaleza jurídica de actos que forman parte del Derecho de la Unión.

El Tribunal de Justicia debería anular la sentencia recurrida y una Decisión de la Comisión por la que deniega el acceso a las normas técnicas armonizadas solicitadas.

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Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9998, 2022

Resumen

Ante el Tribunal de Justicia de la UE pende un recurso de casación en el que debe dilucidarse si dentro del derecho de acceso a los documentos (Reglamento nº 1049/2001) se encuentra el derecho de acceso libre y gratuito, previa petición, a las normas armonizadas reguladas por el Reglamento (UE) nº 1025/2012 sobre la normalización europea.

Para el autor, el enfoque adecuando no es el del Reglamento nº 1049/2001, sino la extensión que se dé al principio de publicidad normativa, pues ha de tenerse muy en cuenta que, en puridad, si rige estrictamente el principio de publicidad normativa ha de aplicarse el régimen lingüístico oficial de la Unión Europea (publicación íntegra en el Diario Oficial en todas las lenguas oficiales).