La tributación de la “herencia en vida”, según el Tribunal Constitucional

EL PLENO DEL TC DESESTIMA EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADO POR LA XUNTA DE GALICIA CONTRA LA TRIBUTACIÓN EN EL IRPF DE LOS BIENES RECIBIDOS EN VIRTUD DE PACTOS Y CONTRATOS SUCESORIOS

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. NOTA INFORMATIVA Nº 41/2023. Madrid, 24 de mayo de 2023

El Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Xunta de Galicia contra la tributación en el IRPF de los bienes recibidos en virtud de pactos y contratos sucesorios. Estos pactos, conocidos como “herencia en vida”, se regulan en los Derechos civiles forales vigentes en diversas partes de España. En particular, el Derecho Civil gallego regula la “apartación”, que es un pacto sucesorio sobre la herencia futura en virtud del cual una persona (“apartante”) entrega en vida a uno de sus herederos (“apartado”) unos determinados bienes a cambio de no heredarle el día de mañana…