El Consejo de Estado tiene declarado que la audiencia es un trámite de importancia capital, que instrumenta el principio de participación de la ciudadanía en el poder normativo del Estado.
Dentro de la constante degradación o envilecimiento de la producción normativa que se viene produciendo en los últimos tiempos, una de sus manifestaciones más esenciales es el uso y abuso del decreto-ley, lo que provoca la ausencia de los trámites de audiencia e información públicas y de los dictámenes de órganos consultivos, como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial.
Hemos encontrado lo que puede definirse como toda una burla al principio democrático. En el «Diario Oficial de Extremadura» número 48, de 10 de marzo de 2023, aparece publicado el Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura.
Por tanto, el Decreto-Ley fue aprobado el 8 de marzo de 2023 y publicado en el Diario Oficial el 10 de marzo de 2023.
Pues bien, en el Diario Oficial de Extremadura del 9 de marzo (es decir, después de aprobado el Decreto-ley) aparece la “RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto-ley de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura”; por la se acuerda “la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un periodo de siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del Proyecto de Decreto-ley de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas”.
«Cosas tenedes, Cid, que farán fablar las piedras»