STJUE: Nuevo varapalo fiscal al legislador tributario

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 30 de mayo de 2024, en el asunto C‑743/22 (DISA Suministros y Trading, S. L. U. (DISA).

 «Procedimiento prejudicial — Imposición de los productos energéticos y de la electricidad — Directiva 2003/96/CE — Artículo 5 — Impuesto especial sobre hidrocarburos — Tipo autonómico del impuesto especial sobre hidrocarburos que se añade al tipo nacional — Tipos diferenciados del impuesto especial en el territorio de un Estado miembro en función de la región en la que se consume el producto»

La sentencia de hoy aparece sin que se haya dado cumplimiento, por el legislador español, a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 28 de junio de 2022 (Comisión Europea/España. Asunto C-278/20), que declaró que el régimen de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por incumplimientos del Derecho de la UE es contrario al principio de efectividad, al hacer prácticamente imposible o excesivamente difícil el resarcimiento, por las condiciones impuestas en la reforma legislativa del año 2015; y con recientes pronunciamientos tanto del Tribunal Supremo como del Consejo de Ministros que transgreden la referida STJUE de 28 de junio de 2022, y que, por tanto, vulneran el principio de efectividad.

“En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta) declara:

La Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, en su versión modificada por la Directiva 2004/74/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, y por la Directiva 2004/75/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, en particular su artículo 5,

debe interpretarse en el sentido de que

se opone a una normativa nacional que autoriza a regiones o comunidades autónomas a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso en función del territorio en que se consuma el producto fuera de los casos previstos a tal efecto”.

La legislación cuestionada por la sentencia de hoy estuvo vigente entre los años 2013 y 2018. El tramo autonómico es el heredero del famoso “céntimo sanitario”, que también fue tumbado por el TJUE.

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responsabilidad patrimonial Estado legislador