STJUE. Denegación de la deducción del IVA basada en la nulidad de la operación con arreglo al Derecho civil nacional

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima), de 25 de mayo de 2023 (Asunto C‑114/22. Dyrektor Izby Administracji Skarbowej w Warszawie)

«Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Derecho a deducción del IVA — Denegación — Denegación basada en la nulidad de la operación con arreglo al Derecho civil nacional»

“El Tribunal de Justicia (Sala Décima) declara:

Los artículos 167, 168, letra a), 178, letra a), y 273 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en su versión modificada por la Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010, a la luz de los principios de neutralidad fiscal y de proporcionalidad,

deben interpretarse en el sentido de que

se oponen a una normativa nacional con arreglo a la cual se priva al sujeto pasivo del derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido soportado por el mero hecho de que una operación económica sujeta al impuesto se repute ficticia y viciada de nulidad sobre la base de las disposiciones del Derecho civil nacional, sin que sea necesario acreditar que concurren las circunstancias que permiten calificarla, en virtud del Derecho de la Unión, de operación ficticia o, si la referida operación se ha realizado efectivamente, que tiene su origen en un fraude del impuesto sobre el valor añadido o en un abuso del derecho”.

La cuestión prejudicial planteada por el tribunal nacional fue la siguiente:

«¿Deben interpretarse los artículos 167, 168, letra a), 178, letra a), y 273 de la Directiva 2006/112[…], así como los principios de neutralidad y proporcionalidad, en el sentido de que se oponen a una disposición nacional como el artículo 88, apartado 3a, punto 4, letra c), de la [Ley del IVA], que priva al sujeto pasivo del derecho a deducir el IVA por la adquisición de un derecho (un bien) que las disposiciones del Derecho civil nacional consideran ficticia, con independencia de que se declare que el efecto pretendido por la operación fue obtener una ventaja fiscal cuya concesión era contraria a uno o a varios objetivos de [esa] Directiva y que el objetivo principal de la solución contractual adoptada era tal ventaja?»