Secreto profesional del abogado e información sobre los planes fiscales agresivos de sus clientes

Sometido a audiencia e información pública el

Proyecto de orden por la que se aprueba el modelo 239, “Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas” y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de «Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal», el modelo 235 de «Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables» y el modelo 236 de «Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.

Texto del proyecto (PDF, 60 KB aprox.), MAIN (PDF, 60 KB aprox.), ANEXO-I-Modelo239 (PDF, 654 KB aprox.), ANEXO-II-DAC6 (PDF, 661 KB aprox.)

Órgano proponente: Agencia Estatal de Administración Tributaria

Fecha de publicación: 23 de noviembre de 2023

Fecha de inicio para la presentación de aportaciones: 24 de noviembre de 2023

Fecha límite para la presentación de aportaciones: 18 de diciembre de 2023

Correo electrónico para la presentación de observaciones: normativa.sgtt@correo.aeat.es

Dice en su preámbulo:

“En segundo lugar, se procede en la disposición final única de esta orden a modificar la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, para excluir del contenido de la declaración el dato relativo a la identidad de los intermediarios, que no siendo clientes, están eximidos de la obligación de información por el deber de secreto profesional y por otro lado para incluir dentro del resumen del mecanismo transfronterizo, el deber de declarar cualquier información que pueda ayudar a la Administración tributaria a evaluar el riesgo fiscal del mecanismo. Estas modificaciones tienen su origen, además de en la citada jurisprudencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la modificación introducida en el artículo 46 del RGAT como consecuencia de los cambios introducidos en la DAC6 por la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (DAC8). Estas modificaciones implican la actualización del “Contenido del Modelo 234” del anexo I de la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril”.

Parece que hay alguna confusión, pues en el texto aparecen tres disposiciones finales.

Posts y artículos relacionados:

Abogados de Empresa y Compliance Programs

La comisión europea y los abogados de empresa: una postura irrazonable y errónea.

Cerco al deber de secreto del abogado de empresa.

Contribución a la consulta pública sobre el anteproyecto de ley orgánica del derecho de defensa.

El derecho a guardar silencio y los abogados de empresa.

Artículos del autor:

La protección de la confidencialidad de las comunicaciones entre abogados y clientes (A propósito del erróneo concepto comunitario de dicha confidencialidad. El abogado de empresa). CEFLEGAL, nº 119, diciembre 2010.

La anunciada Ley del Derecho de Defensa. Cinco Días, 24 de septiembre de 2010.