El ministro Escrivá: todo un dechado de virtudes democráticas

Información de Mercedes Serraller, hoy en vozpopuli.com:

Escrivá se salta al Consejo de Estado y la AIReF para sacar adelante la reforma de las pensiones

La norma de más calado que aprueba el Gobierno de Pedro Sánchez y que pretende asegurar el sistema de las pensiones hasta 2050 no ha sido analizada por el Consejo de Estado ni por la AIReF

La última parte de la reforma de las pensiones se aprueba como Real Decreto-ley, con lo que la norma de más calado que ha aprobado el Gobierno de Pedro Sánchez y que pretende asegurar el sistema de las pensiones hasta 2050 no ha sido analizada por el Consejo de Estado ni por la AIReF. Tampoco por otros organismos como el Consejo Económico y Social (CES) ni se ha elevado a audiencia pública permitiendo aportaciones de ciudadanos, organismos, instituciones y expertos. Ni por supuesto, como le han afeado los Grupos Parlamentarios este miércoles en el Congreso a José Luis Escrivá, con las Cortes por parte de la Comisión del Pacto de Toledo”.

Debe añadirse que el Consejo de Estado le llamó la atención recientemente, en el siguiente dictamen:

Expediente: 1868/2022 (INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES)

Asunto: Proyecto de Real Decreto sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023. Fecha de aprobación:22/12/2022

«El estudio del expediente suscita al Consejo de Estado dos observaciones procedimentales y otras de tipo sustantivo, que se expondrán siguiendo la sistemática del proyecto. Finalmente se incluirán algunas sugerencias de redacción.

 Como primera observación procedimental, la memoria del análisis de impacto normativo adolece de una insuficiencia en cuanto al cálculo del porcentaje de revalorización de las pensiones, que es cabalmente el objeto fundamental del proyecto

 Sin embargo, la memoria no detalla cómo se llega a este porcentaje

 Esta ausencia de justificación se produjo también en el proyecto de Real Decreto de actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022, que fue objeto del dictamen de este Consejo de 20 de enero de 2022, número 24/2022. En esa ocasión se decía:

 El Consejo de Estado considera que en la tramitación de una norma de esta naturaleza y trascendencia resulta imprescindible incorporar al expediente -y, en particular, a la memoria- una justificación detallada y suficiente de las cuantías previstas en el proyecto y de los cálculos efectuados para alcanzarlas.

 Este Alto Cuerpo Consultivo reitera esta observación.

 …/…

 La segunda observación procedimental se refiere a la documentación que acompaña al proyecto. En el expediente remitido consta que fue objeto de audiencia e información pública, con un certificado en que figuran las fechas en las que fue publicado en la página web del ministerio (punto décimo de antecedentes). Se sabe por la memoria que hubo dos aportaciones durante este trámite, una de un ciudadano y otra de una organización, cuyo contenido se resume (punto segundo de antecedentes).

 La audiencia como es sabido no solo está contemplada en la modalidad de información pública en la Ley del Gobierno, artículo 26.6, sino que se menciona en el artículo 105, letra a), de la Constitución Española. Se trata de un trámite de importancia capital, que instrumenta el principio de participación de la ciudadanía en el poder reglamentario del Estado.

 En estas condiciones, la índole de la labor consultiva desarrollada por este Consejo exige que se incluyan en el expediente todas las aportaciones que se verifiquen en la información pública, de modo que este Alto Cuerpo Consultivo las pueda examinar y valorar de modo directo, sin la mediación de la memoria. No hay inconveniente en que la memoria resuma los escritos recibidos y explique por qué se aceptan o se rechazan. Pero ello no puede sustituir al envío de las aportaciones.

 El Reglamento Orgánico del Consejo de Estado, aprobado por Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, prevé en su artículo 123.2 que a las consultas se acompañará la «documentación necesaria», entre la que debe contarse el expediente íntegro que se ha tramitado para elaborar un proyecto normativo, sin excluir las aportaciones de los interesados. En sucesivas peticiones de dictámenes, por tanto, ha de cuidarse su completa remisión”.

Además, el respeto del ministro hacia las opiniones vertidas por los demás deja mucho que desear:

Sobre las críticas de BBVA, Fedea y otros expertos a la reforma de las pensiones:

«Me maravillan las estimaciones sobre algo que lleva meses y meses de trabajo, cálculos y métricas, cuando ni siquiera se ha divulgado el texto completo, cómo son capaces de hacer estimaciones tan rápidas y en horas», ha ironizado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en rueda de prensa en el Ministerio con los sindicatos en la que ha escenificado el acuerdo con UGT y CCOO sobre la reforma de las pensiones. (Vozpopuli. 15/03/2023).

«Qué mala consejera es a veces la codicia», ha señalado Escrivá en una entrevista concedida a TVE este jueves. (Escrivá arremete contra el presidente de Ferrovial: «Qué mala consejera es a veces la codicia». ABC, 02/03/2023).

Respecto al Dictamen del Banco Central Europeo de 2 de noviembre de 2022 sobre la imposición de gravámenes temporales a determinadas entidades de crédito (CON/2022/36), realizó este sesudo y respetuoso análisis:

«Me parece sorprendente. No es la primera vez que emite un informe de estas características. Lo deben tener de copia y pega de otros momentos, en contextos distintos (…) Será un tipo de informe normalizado que tienen de otras veces que han contestado a esto y lo han puesto ahí, sin tener en cuenta que, vista la coyuntura actual, resulta un poco sorprendente esa afirmación», ha señalado el ministro” (EP: Escrivá critica el «informe de corta y pega» del BCE que cuestiona el impuesto a la banca. 4 de noviembre de 2021.