Bruselas rechaza sancionar a España por el límite de 1.000 euros a los pagos en efectivo

En información de hoy en Expansión, Ignacio Faes recoge mi opinión sobre este asunto.

“Bruselas rechaza sancionar a España por el límite de 1.000 euros a los pagos en efectivo

La Comisión Europea no abrirá un expediente por la ley antifraude de Hacienda pese a las críticas del Banco Central Europeo, que alertó de riesgos para la moneda por esta medida. La UE espera una ley común que limite los pagos a 10.000 euros”.

“El abogado extremeño Isaac Ibáñez fue quien llevó ese asunto ante la Comisión Europea. “Con esta resolución la Comisión Europea ejerce su poder discrecional, como guardiana de los Tratados, en materia de su función de control de la aplicación del Derecho europeo y lo fía, como se verá, a un futuro reglamento de la UE al respecto”, destaca Ibáñez. “Y lo hace así, en mi opinión, porque los límites de pago en efectivo en los Estados miembros de la UE son muy divergentes y ahora quiere establecer un límite igual para todos”, añade.

NOTA.-

Debe señalarse que el hecho de que la Comisión Europea no abra expediente de infracción, no quiere decir que la infracción no exista y que los efectos negativos de la norma española (sobre todo el régimen sancionador) no sean atacable ante los tribunales españoles. Pasó lo mismo con el céntimo sanitario, la Comisión Europea archivó el expediente de infracción y al final el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró contrario al Derecho de la UE este impuesto en virtud de una cuestión prejudicial que le planteó un tribunal español.

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