El legislador debe oír a los científicos

Interesante artículo publicado en el último número de la Revista Española de Derecho ConstitucionalNúm. 135, septiembre-diciembre 2025

Parlamento y ciencia: asesoramiento científico al legislador como mandato constitucional

Autor

Federico de Montalvo Jääskeläinen

Palabras clave: Ciencia; asesoramiento científico; incertidumbre; Parlamento; técnica normativa; interdicción de la arbitrariedad; principio de proporcionalidad; control de constitucionalidad.

Resumen

El incesante avance de la ciencia y de la tecnología que caracteriza a estas primeras décadas del siglo xxi y los nuevos riesgos que tal avance conlleva, sobre todo, para los derechos y libertades, exige que el legislador deba abordarlo normativamente. Para ello, es necesario que el legislador se dote del conocimiento necesario, atendiendo a la mejor evidencia científica. Y ello constituye un verdadero mandato constitucional derivado del principio de interdicción de la arbitrariedad consagrado en el art. 9.3 de la Constitución y que alcanza a todos los poderes públicos y, por tanto, también al legislador. Sin embargo, que la aprobación de las leyes vaya precedida del necesario asesoramiento científico no supone que la evidencia científica deba sustituir a la decisión política, por muy relevante que aquella sea.

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