La Sala de lo Contencioso considera que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia.
Comunicación Poder Judicial. Miércoles, 23 de septiembre de 2026.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite los recursos presentados por el Ayuntamiento de Madrid contra varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del pasado mes de marzo, que declararon la nulidad de pleno derecho de la Ordenanza Fiscal 8/2024, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 23 de diciembre de 2024.
Las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declararon la nulidad de pleno de derecho de la ordenanza fueron dictadas al estimar los recursos de varias organizaciones, fundaciones y entidades, entre ellas el Grupo Municipal de Mas Madrid.
El Supremo considera que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia respecto de tres cuestiones referidas al trámite de información pública de las ordenanzas fiscales que regulen las tasas previstas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, cuando incorporen sistemas de pago por generación.
En los autos de admisión a trámite, el tribunal indica que la cuestión planteada en estos recursos ostenta una evidente trascendencia que aconseja su tramitación prioritaria y su señalamiento para deliberación, votación y fallo con carácter preferente.
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