La injerencia gubernamental, anticipada y arbitraria, contra la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell es contraria al Derecho de la UE (III)

Mi artículo, publicado hoy en el Diario La Ley, nº 10.774.

Resumen:

La Comisión Europea, con relación a lo acontecido hasta la fecha en la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell, ha decidido abrir un procedimiento de infracción contra España, al considerar que determinadas disposiciones de la legislación bancaria y de la ley de competencia españolas, que otorgan al Gobierno español plenas facultades para intervenir en fusiones y adquisiciones de entidades bancarias, vulneran las competencias exclusivas del Banco Central Europeo y de los supervisores nacionales en virtud de la normativa bancaria de la UE y que estas amplias facultades discrecionales constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales.

I.- Introducción

II.- La decisión de la Comisión Europea

III.- Algunas de las apreciaciones realizadas a la Comisión

IV.- Conclusión

V.- Bibliografía del autor

V.- Bibliografía del autor

La injerencia gubernamental, anticipada y arbitraria, contra la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell es contraria al Derecho de la UE (II). Diario La Ley, nº 10.767, 18 de julio de 2025.

Ministro Cuerpo: consejos vendo y para mí no tengo. Vozpópuli, 31 de mayo de 2025.

Contribución a la “Consulta pública sobre criterios de interés general afectados por la operación de adquisición de BBVA sobre Banco Sabadell”. Diario La Ley, nº 10.731, 27 de mayo de 2025.

¿Arbitrariedad o interés general? Las balas israelíes y la Opa del BBVA. Vozpópuli, 28 de abril de 2025.

La injerencia gubernamental, anticipada y arbitraria, contra la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell es contraria al Derecho de la UE. Diario La Ley, nº 10.599, 30 de octubre de 2024.

¿Existe compadreo entre la Comisión Europea y el Gobierno en la OPA sobre Talgo? Vozpópuli, 31 de agosto de 2024.

¿Está la CNMV poniendo palos en las ruedas a la Opa del BBVA? Vozpópuli, 25 de junio de 2024.

La libertad de empresa en España y las injerencias gubernamentales ilegítimas. Vozpópuli, 29 de mayo de 2024.

¿Cómo protege la Comisión, como guardiana de los Tratados, las libertades fundamentales de la Unión Europea ante las injerencias arbitrarias de los gobiernos? El caso Ferrovial. Diario La Ley, nº 10.492, 24 de abril de 2024.

Fíate de la Comisión Europea y no corras. El caso Ferrovial. Vozpópuli, 5 de abril de 2024.

Moción de censura a Sánchez de la Junta de Ferrovial. Vozpopuli.com. 14 de abril de 2023.

El asunto Ferrovial: auténtica prueba de estrés de las libertades comunitarias. Vozpopuli.com. 12 de abril de 2023.

Adenda:

Estas son las insustanciales explicaciones que da el ministro de Economía en sede parlamentaria:

Cortes Generales. Diario de sesiones del Congreso de los Diputados. Año 2025. XV Legislatura, nº 386, publicado el 28 de julio de 2025.

Sesión núm. 24 (extraordinaria) celebrada el lunes 21 de julio de 2025 ORDEN DEL DÍA: Comparecencia del ministro de Economía, Comercio y Empresa (Cuerpo Caballero):

Para dar cuenta de la consulta pública anunciada por el Presidente del Gobierno el día 05/05/2025, en relación con la oferta pública de adquisición de acciones del Banco Sabadell por parte del BBVA. A petición Grupo Parlamentario VOX. (Número de expediente 213/000742).

Para dar cuenta de las condiciones impuestas por el Gobierno a la oferta pública de adquisición de acciones del Banco Sabadell por parte del BBVA. A petición Grupo Parlamentario VOX. (Número de expediente 213/000795).

(Página 37 y siguientes) “El señor MINISTRO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA (Cuerpo Caballero):

…/…

Respondiendo al señor Martín Urriza y en referencia al tema de la OPA, que también ha sido tratado en numerosas intervenciones, en primer lugar, quizás conviene recordar el marco de actuación, porque es importante y en este caso puede que haya alguna confusión respecto a la normativa por parte del señor Conde y es preciso aclararlo. El marco en el que se mueve el proceso de autorización de esta operación de concentración es la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, la cual señala que, respecto a las operaciones que llegan a una segunda fase por su nivel de complejidad o porque así lo requiere la autoridad de competencia, que es la CNMC, es decir, si la CNMC considera que tiene que aprobarla sujeta a unas condiciones, y es lo que pasó con la operación de BBVA-Sabadell, el Gobierno tiene la posibilidad de poner condiciones adicionales por razones o criterios de interés general distintos a los de competencia, y este es el marco normativo en el que se ha basado la actuación del Consejo de Ministros a la hora de imponer la condición adicional que se puso a esta operación.

Por otra parte, es importante señalar varios elementos en este proceso. En primer lugar, estamos hablando de la defensa de condiciones o de criterios de interés general distintos a los que ya han sido evaluados por las autoridades que han tenido algo que decir en este proceso, como, por ejemplo, las que tienen que ver con estabilidad financiera, que ya han sido valoradas por el Banco Central Europeo y el Banco de España, o las de competencia, que han sido valoradas por la autoridad de competencia, por la CNMC. Y es en este marco, además, donde la actuación del Gobierno ha de tener un elemento de proporcionalidad, como no puede ser de otra manera, de modo que pone sobre la mesa una condición que supone la separación efectiva de la gestión de estas dos entidades durante los tres próximos años, con posibilidad de que se prorrogue durante dos años más. Lo que estamos poniendo sobre la mesa es la creación o la generación, si me permiten, de un precedente según el cual se puede generar en este tipo de operaciones valor para los accionistas de ambas entidades, sin que ello vaya en detrimento del interés general, es decir, que el valor que conlleve o que lleve a esta operación no venga única y exclusivamente de razones sobre sinergias mal entendidas, entre comillas, como puedan ser las asociadas a despidos o a cierre de oficinas. Para mí, este es un elemento importantísimo, porque no estamos hablando de una entidad que esté en una situación problemática, como pueda haber sucedido en operaciones anteriores, sino que ambas tenían una situación perfectamente saneada tanto en términos de liquidez como de solvencia y unas muy buenas perspectivas hacia adelante. Y, en este contexto, lo que pone de manifiesto la decisión de BBVA de seguir adelante con esta operación es que, efectivamente, puede generarse valor para los accionistas privados de ambas entidades sin que se vea perjudicado el interés general. Además, al cabo de esos tres años ―la propia condición que impone el Gobierno―, se tendrá que comprobar hacia atrás cómo se ha cumplido la protección de esos intereses generales ―entre otros, los de los trabajadores o los de inclusión financiera en materia de oficinas―, y también se tiene que plantear un plan hacia adelante para la protección de los intereses generales, dependiendo de la estructura societaria a la que vayan a optar, es decir, con la intención de cubrir la protección de esos intereses generales en un marco respecto al que nos habilita la normativa doméstica, que, además, y esta es nuestra interpretación, está perfectamente alineada con la normativa europea tanto en materia de unión bancaria como de libre circulación de capitales.

Y volviendo a los comentarios que había hecho el señor Conde respecto a la OPA, voy a hacer varias precisiones. En primer lugar, en referencia a la actuación del Gobierno y si hemos utilizado la Ley 10/2014 de manera incorrecta, vuelvo a repetirle que, por favor, repase el procedimiento, porque la Ley 10/2014 vendría en caso de autorización de la fusión, que todavía no se ha pedido, porque ni siquiera el BBVA ha adquirido al Sabadell, y, por tanto, aún estamos en el marco de la Ley 15/2007.

 Y, más allá de esto, señalaba el portavoz que hemos bloqueado la operación durante tres años. Sin embargo, esta operación lleva sobre la mesa doce meses ―algo más, si no recuerdo mal―, once de los cuales ha estado bajo análisis de la CNMC. De nuevo, señoría, volvamos a poner precisión en el argumentario que estamos trayendo sobre la operación de adquisición de BBVA sobre Sabadell.

…/…”

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