TC: La exigencia del desconocimiento del euskera para que las convocatorias, órdenes del día, mociones, votos particulares, propuestas de acuerdo, dictámenes de las comisiones informativas, acuerdos y actas de los órganos de las entidades locales sean redactadas en castellano, supone un trato preferente del euskera, que menoscaba los derechos lingüísticos de los miembros de las entidades locales

NOTA INFORMATIVA Nº 56/2023

EL TC ESTIMA LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD PLANTEADA FRENTE AL USO COMO PRIORITARIO DEL EUSKERA EN LAS ENTIDADES LOCALES DEL PAIS VASCO POR MENOSCABAR LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE SUS MIEMBROS DE FORMA INJUSTIFICADA