STJUE. IVA. Concepto de “terreno edificable” y criterio de la “primera ocupación” de un edificio

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Séptima) de 7 de noviembre de 2024 (Asunto C‑594/23. Skatteministeriet).

«Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Entrega de terrenos que solo contienen cimientos de viviendas — Calificación — Artículo 12 — Conceptos de “terreno edificable” y de “edificio o parte del mismo”Criterio de la “primera ocupación” de un edificio»

“En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Séptima) declara:

El artículo 12 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

debe interpretarse en el sentido de que

una operación de entrega de un terreno dotado, en la fecha de dicha entrega, exclusivamente de cimientos para viviendas constituye una entrega de un «terreno edificable», en el sentido del mencionado artículo”.