Lin II. El TJUE explica la Sentencia Lin

Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, del 16 de julio de 2026, en el asunto C-280/25 | [Lin II].

Lucha contra el fraude grave que afecte a los intereses financieros de la Unión: el Tribunal de Justicia explica por qué la sentencia Lin no violó el principio de legalidad en materia penal o el estándar nacional de protección de los derechos fundamentales que prohíbe al juez combinar diversas normativas para fijar un régimen de prescripción en esta materia

En este contexto, el Tribunal de Justicia ofrece también indicaciones sobre qué debe entenderse por fraude «grave» que afecte a los intereses financieros de la Unión

La sentencia Lin, de 24 de julio de 2023, se refería a diversos nacionales rumanos condenados a penas de prisión por fraude fiscal. Estos habían recurrido su condena alegando que, en virtud del estándar nacional de protección relativo a la aplicación retroactiva de la ley penal más favorable (lex mitior), su responsabilidad penal estaba prescrita. Se basaban, por una parte, en dos sentencias del Tribunal Constitucional rumano dictadas en 2018 y 2022. Dichas sentencias habían invalidado una disposición nacional que regulaba las causas de interrupción del plazo de prescripción en materia penal, con el resultado de que, durante un período de casi cuatro años, el Derecho rumano no contemplaba ninguna causa de interrupción de dicho plazo.

Dichos nacionales se basaban, por otra parte, en una resolución de 2022 del Tribunal Supremo rumano que había declarado que tal inexistencia de causa de interrupción de la prescripción se aplicaba también a los delitos cometidos entre 2014 (momento de la adopción de la disposición inconstitucional) y 2018 (fecha en que se dictó la primera sentencia del Tribunal Constitucional), en virtud del principio de aplicación retroactiva de la lex mitior.

Se había preguntado al Tribunal de Justicia, en esencia, por la conformidad de estas distintas sentencias de los tribunales rumanos con el Derecho de la Unión, en particular con las disposiciones relativas a la lucha eficaz contra el fraude que afecte a los intereses financieros de la Unión.

En la sentencia Lin, el Tribunal de Justicia recordó que los Estados deben velar por que las normas de prescripción previstas por el Derecho nacional permitan una sanción efectiva de las infracciones vinculadas a tales fraudes que afecten a los intereses financieros de la Unión, a fin de evitar un riesgo sistémico de impunidad de tales infracciones. En consecuencia, el Tribunal de Justicia declaró que los órganos jurisdiccionales rumanos debían dejar inaplicado el estándar nacional de protección relativo a la lex mitior consagrado por la resolución de 2022 del Tribunal Supremo rumano.

En cambio, declaró la conformidad con el Derecho de la Unión de las sentencias del Tribunal Constitucional rumano de 2018 y 2022, por cuanto estas aplicaban el principio de legalidad en materia penal y entrañaban un riesgo sistémico de impunidad de una dimensión menor que la del estándar nacional de protección de la lex mitior consagrado en la resolución de 2022 del Tribunal Supremo rumano.

Tras la sentencia Lin, el Tribunal Supremo rumano declaró, sin embargo, en 2024, que los órganos jurisdiccionales rumanos no podían dejar inaplicada su resolución de 2022 sin violar los principios de legalidad penal y de prohibición de la lex tertia.

En su sentencia Lin II, que dicta hoy, el Tribunal de Justicia declara esencialmente que este criterio del Tribunal Supremo rumano no se ajusta al Derecho de la Unión.

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