La Defensora del Pueblo Europeo sigue imputando a la Comisión mala administración en los procedimientos de transparencia

Decisión de 13 de marzo de 2024(1892/2023/OAM/PGP), sobre la falta de adopción, por parte de la Comisión Europea, en el plazo establecido, de una decisión final relativa a una solicitud de acceso público a documentos relativos a su análisis de la reforma del Código penal español.

Usted presentó una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo acerca de la falta de respuesta, por parte de la Comisión Europea, a la solicitud confirmatoria que usted presentó en relación con su solicitud de acceso público a documentos de fecha 18 de julio de 2023 (registrada por la Comisión bajo la referencia EASE 2023/4166).

Nosotros informamos a la Comisión de su reclamación y le pedimos que adoptase una decisión confirmatoria. Usted nos ha informado de que la Comisión ha adoptado entretanto dicha decisión. Dado que la Comisión ha respondido a su solicitud confirmatoria, el caso se ha cerrado considerando que ha sido resuelto.

Dicho esto, el Defensor del Pueblo comparte sus preocupaciones relativas al tiempo empleado por la Comisión para tratar las solicitudes de acceso público a documentos. En su investigación a iniciativa propia sobre dicho tema, el Defensor del Pueblo consideró que los retrasos significativos incurridos por la Comisión a la hora de responder a solicitudes de acceso público a documentos constituyen mala administración. Asimismo, el Defensor del Pueblo ha emitido a este respecto, en septiembre de 2023, un Informe especial dirigido al Parlamento Europeo (OI/2/2022/OAM). Para obtener más información sobre el Informe especial, puede visitar la siguiente página web: https://www.ombudsman.europa.eu/en/press-release/es/175330.

Cuando procedimos a cerrar este caso, recordamos a la Comisión las conclusiones mencionadas anteriormente, así como que necesita mejorar, de manera prioritaria, la tramitación de las solicitudes de acceso público a documentos.

Le rogamos tenga en cuenta que la presenta investigación se refería exclusivamente a la falta de respuesta, por parte de la Comisión Europea, a su solicitud confirmatoria…”