Despotricando contra la judicatura e incumpliendo sentencias del TJUE

Mi artículo, publicado ayer en Artículo 14:

Mientras que el ministro Óscar López despotrica contra la judicatura, lleva años sin cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de junio de 2022, recaída en el asunto C-278/20 (Comisión/España), en la que el Tribunal confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión.

Por efecto del denominado “congelador Armengol”, respecto a la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en materia de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por daños derivados de la infracción del Derecho de la Unión Europea. (121/000071), a fecha de hoy, ya se han producido veintiocho ampliaciones del plazo para enmiendas, por lo que dicho proyecto sigue varado, sin justificación alguna.

Puede comprobarse aquí (https://www.congreso.es/es/proyectos-de-ley?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XV&_iniciativas_id=121/000071 ).

La última ampliación acordada demora el plazo hasta el 2 de septiembre de 2026. Y las que vendrán después… como se ha podido comprobar hasta la fecha; no respetando la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, del 4 de abril, sobre el “congelador Armengol”.

En base a ese estado de cosas, la Comisión Europea acaba de comunicar lo siguiente:

“En su sentencia de 28 de junio de 2022 en el asunto C-278/20, el Tribunal de Justicia confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión. La responsabilidad patrimonial del Estado es un principio fundamental del Derecho de la Unión Europea que establece la indemnización por las pérdidas o daños causados a los particulares por el legislador nacional mediante infracciones del Derecho de la Unión.

Como España no había incorporado la sentencia del Tribunal de Justicia a su ordenamiento jurídico, el 11 de diciembre de 2025 la Comisión decidió enviar una carta de emplazamiento a España por no ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia. Dicha carta otorgaba a España un plazo de dos meses para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia.

Hasta la fecha, España no ha implementado la sentencia del Tribunal de Justicia. Ante la ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión está evaluando los próximos pasos, incluido, en su caso, volver a someter el asunto al Tribunal de Justicia conforme a lo previsto en el artículo 260.2 TFUE. Si el Tribunal de Justicia constatara el incumplimiento por parte de España, podría imponerle a España una suma a tanto alzado o una multa coercitiva”.

Debe recordarse que la sentencia del TJUE estuvo precedida de un largo procedimiento de infracción instruido por la Comisión Europea e iniciado en base a una denuncia presentada en el lejano año 2015.

Más le valdría al señor ministro dedicarse a hacer bien su trabajo y no a despotricar contra el Poder Judicial, pues como reiteró el 7 de julio, por enésima vez, la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, los ataques y críticas a la “legitimidad, independencia e incluso integridad personal” de los jueces “debilita la autoridad de las instituciones y los principios que representan”.

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Sobre la responsabilidad patrimonial del Estado por infracción del Derecho de la UE

La Comisión Europea abre un nuevo procedimiento de infracción contra España por el incumplimiento contumaz de la STJUE de 28 de junio de 2022 sobre la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por violación del Derecho de la UE

La responsabilidad patrimonial del Estado legislador por violación del Derecho de la UE en el supuesto de autoliquidaciones tributarias. Incumplimiento contumaz de la STJUE de 28 de junio de 2022

Autores: Isaac Ibáñez García

Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10841, 2025

Resumen

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de junio de 2022 (asunto C-278/20. Comisión/España) estableció que cuando el daño derive directamente de una acción u omisión del legislador contrario al Derecho de la Unión, y cuando no exista una actuación administrativa impugnable, no se puede supeditar la indemnización de los daños ocasionados a los particulares por el legislador español al presupuesto de procedibilidad de que el particular perjudicado haya obtenido, en cualquier instancia, una sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño.

Parece que ni el Tribunal Supremo, ni el proyecto de ley presentado para «cumplir» la sentencia estén aplicando correctamente esta excepción, ante el parsimonioso actuar de la Comisión Europea al respecto.

La irresponsabilidad patrimonial del Estado por leyes contrarias al Derecho de la UE. Vozpópuli, 1 de septiembre de 2025.

La inejecución de sentencias del TJUE. El caso de la de 28 de junio de 2022 sobre la responsabilidad patrimonial del Estado legislador (Asunto C-278/20. Comisión/España). Diario La Ley, nº 10.664, 13 de febrero de 2025.

¿Qué hace la Comisión Europea cuando un Estado miembro incumple las sentencias del Tribunal de Justicia? Diario La Ley, nº 10.104, 6 de julio de 2022.

El Tribunal Supremo transgrede la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 28 de junio de 2022, sobre responsabilidad patrimonial del Estado legislador. Blog Hay Derecho, 13 de mayo de 2024.

La inejecución de la STJUE de 28 de junio de 2022 (Asunto C-278/20. Comisión/España) sobre la responsabilidad patrimonial del Estado legislador. Diario La Ley, nº 10461, 7 de marzo de 2024.

Responsabilidad patrimonial del Estado legislador por vulneración del Derecho de la UE. La vida sigue igual. Diario La Ley, nº
10.303, 8 de junio de 2023.

El Gobierno no puede dejar de cumplir con el Derecho de la UE. Vozpopuli.com. 30 de mayo de 2023.

El albañil autónomo debe dominar el Derecho de la UE. Vozpopuli.com. 23 de mayo de 2023.

La cuestión fundamental sobre la reforma de la responsabilidad patrimonial del Estado legislador. Editorial Jurídica Sepín. Artículo monográfico. Diciembre 2022.

¿Es negligente el ciudadano que no cuestiona la constitucionalidad de una ley o la contravención por la misma del Derecho europeo? De nuevo sobre el principio de fiabilidad del sistema legal y el grado de pericia exigible al sufrido contribuyente. Diario La Ley, nº 10.118, 26 de julio de 2022.

La justicia europea se carga la “ley Montoro” que blindaba al Estado contra las indemnizaciones por violar el derecho europeo. ECJ Leading Cases. 28 de junio de 2022. Publicado también, el 29 de junio de 2022, en el blog Hay Derecho y el 1 de julio de 2022 en legaltoday.com.

A la espera de la condena del TJUE a España por la irresponsabilidad de su Estado legislador. Confilegal.com. 24 de junio de 2022Publicado también, bajo el título: La sentencia afectará a las reclamaciones para el resarcimiento de los perjuicios ocasionados por el «Modelo720», en  Legaltoday.com. 16 de junio de 2022.

Comentario de urgencia a las Conclusiones del Abogado General del TJUE sobre la regulación española de la responsabilidad patrimonial del legislador por leyes antieuropeas. Blog Hay Derecho, 15 de diciembre de 2021.

El régimen de responsabilidad patrimonial de la Ley 40/2015 ante el TJUE (recurso por incumplimiento C-278/20). Working Paper nº 39 (2021). Instituto de Derecho Europeo e Integración Regional. Universidad Complutense de Madrid.

Los nocivos efectos, para el contribuyente, de la Ley 40/2015 (Responsabilidad patrimonial por leyes inconstitucionales o contrarias al Derecho de la UE). ECJ Leading Cases, 11 de noviembre de 2019.

La Comisión Europea advierte a España que debe reformar el régimen de responsabilidad patrimonial del Estado cuando se incumple el Derecho de la UE. Legaltoday.com, 9 de febrero de 2018.

La aplicación del Derecho de la Unión Europea ¿quién paga los platos rotos? Blog ¿Hay Derecho?, 6 de febrero de 2018.

El régimen de responsabilidad patrimonial por actos del legislador, establecido en la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público, y su posible incompatibilidad con el Derecho de la UE (Argumentos expuestos a la Comisión Europea). CEFLEGAL, nº 201, octubre 2017.

La ablación de la acción de responsabilidad patrimonial por actos legislativos tributarios. (Análisis de su posible inconstitucionalidad e incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea). Técnica Tributaria. Edición Extraordinaria XX Premio AEDAF 2015 (2016).

Vías dispuestas en nuestro ordenamiento para realizar el derecho de reparación derivado de las sentencias del TJUE en materia tributaria (A propósito de la recuperación del “céntimo sanitario”). Revista de Contabilidad y Tributación, Centro de Estudios Financieros, nº 379, octubre 2014.

Céntimo sanitario, ¿y la Comisión Europea, qué? Cinco Días, 26 de noviembre de 2013.

La responsabilidad patrimonial del Estado legislador por la infracción del Derecho comunitario y otras cuestiones recurrentes relativas a la denominada Justicia Administrativa. Noticias de la Unión Europea, nº 315, abril 2011 (Número dedicado a los XXV años de vigencia del Tratado de Adhesión de España a la Unión Europea).

El principio de fiabilidad del sistema legal (STS, Sala 3ª, 14 de julio de 2010). Diario La Ley, nº 7532, 21 de diciembre de 2010.

Reflexiones ante una sentencia sobre transportes urbanos. Legaltoday.com, 24 de noviembre de 2010.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y los principios de equivalencia y efectividad respecto a la responsabilidad patrimonial del Estado legislador. Noticias de la Unión Europea, nº 291, abril 2009.

Sobre los efectos temporales de las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (La revocación de los actos que se opongan a la sentencia). CEFLEGAL, nº 72, enero 2007.

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