Como es de sobra conocido, las cuentas anuales de las empresas han de formularse dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente y han de aprobarse por la junta de socios o accionistas dentro de los seis primeros meses.
BOE del 29 de mayo de 2026:
Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales
Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
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Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
PDF (BOE-A-2026-11582 – 95 págs. – 2.879 KB) Otros formatos
Cuarto. Entrada en vigor.
La utilización de los modelos aprobados por la presente resolución será obligatoria para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean presentadas en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
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