El derecho de gracia no puede funcionar como una vía para dejar sin efecto una condena firme, ni ser entendido como una forma de segunda instancia ante el Gobierno

El Tribunal Supremo se opone a la concesión de un segundo indulto a Oriol Junqueras y otros tres condenados en la causa del procés que abarque la pena de inhabilitación

El auto advierte que no cabe convertir en total lo que fue un indulto parcial concedido en 2021

Autor: Comunicación Poder Judicial. 7 de mayo de 2025

El tribunal que juzgó la causa del “procés” ha informado desfavorablemente sobre una nueva solicitud de indulto formulada por un ciudadano particular a favor de los condenados en la causa del procés Oriol Junqueras i Vies, Raül Romeva i Rueda, Jordi Turull i Negre y Dolors Bassa i Coll.

Los penados ya fueron beneficiados por un indulto parcial concedido por el Gobierno mediante Real Decreto 460/2021, de 22 de junio, que extinguió las penas privativas de libertad, pero mantuvo las de inhabilitación absoluta fijadas en la sentencia del procés.

Según explica el Supremo, el carácter parcial de aquel indulto era consecuencia obligada del informe negativo a su concesión emitido por la Sala, lo que impedía un indulto total de acuerdo a la Ley.

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