Sobre el “derecho al error” en el Derecho Administrativo

Un interesante estudio de Juli Ponce Solé:

El primer reconocimiento del “derecho al error” en el ordenamiento jurídico español: la Ley catalana 9/2025, de 13 de noviembre

La Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, regula los derechos y deberes de la ciudadanía en sus relaciones con las administraciones públicas catalanas, así como los principios de actuación administrativa, en el marco de las leyes estatales 39 y 40 de 2015. La experiencia en la aplicación de esta norma, y la evolución de las necesidades sociales e institucionales, han puesto de manifiesto la necesidad de revisar determinados preceptos con el objetivo de garantizar una atención más adecuada a la ciudadanía, reforzar el derecho a una buena administración y adaptar la actuación administrativa a los nuevos modelos de prestación de servicios públicos.

Juli Ponce Solé es Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Barcelona, codirector de la Cátedra Barcelona de Estudios de Vivienda y miembro del European Group of Public Law

El artículo se publicó en el número 124 de la revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho (Iustel, mayo de 2026)

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