La “privatización” de la sistematización de las directrices de técnica normativa

El 5 de marzo de 2023 remití la siguiente petición al Consejo de Estado (adjuntando mi estudio “El papel del Consejo de Estado en tiempos de leyes desbocadas”, que fue publicado en dicho año por la Editorial Jurídica Sepín bajo el título “Malos usos en la producción normativa: el abuso del decreto-ley y la tramitación de urgencia”):

“Que, siempre que lo estime oportuno, acometa una compilación actualizada, ad hoc, tanto de principios o directrices que han de presidir tanto la técnica normativa en general como la labor de incorporación del Derecho europeo por parte de los poderes públicos, tanto en la labor pre-legislativa y legislativa como en la de ejecución o aplicación; con el fin de que, en base a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/1980, el Consejo de Estado, la eleve al Gobierno.

En su defecto, que dicha compilación se recoja como estudio en su próxima Memoria anual.”

El 13 de junio de 2023, la Secretaría General del Consejo de Estado contestó lo siguiente:

“Agradecemos mucho su completo estudio que aprovecharemos en la materia afectada que, como sabe, es de especial interés en el Consejo de Estado, dadas sus competencias.

Le informo que en la Memoria del año 2022 (todavía en elaboración también se incluirán algunos temas sobre técnica normativa) y de que en las últimas Jornadas de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas en colaboración con el Consejo de Estado quedarán reflejadas en un libro que le haremos llegar en cuanto se publique.

Su idea de compilar todos los estudios sobre técnica normativa que han ido apareciendo en las sucesivas Memorias (a estos efectos es especialmente relevante la de 1990 redactada por D. Landelino Lavilla Alsina) me parece muy buena ya que, aunque todas figuran en la página web del Consejo, es más complicado consultar una por una. Intentaremos ponerlo en marcha.

Una vez más le agradezco el interés que le suscita el papel del Consejo de Estado en la elaboración de las normas que, como sabrá, no se limitan a las procedentes de los Ministros del Gobierno de la Nación o de su Presidente y otros Organismos como el Banco de España, sino también y en algunos casos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dadas las últimas reformas de su Consejo Consultivo y de la Comunidad Autónoma de Cantabria”.

Nada más se supo, hasta hoy, del asunto.

Acaba de aparecer publicada la obra “Técnica normativa y Consejo de Estado. Dictámenes de los años 2021, 2022 y 2023. Memorias de los años 2000 a 2023”, editada por Dykinson, sl, cuyo autor es Cristóbal Rodríguez Giménez, letrado del Consejo de Estado, y que fue presentado en la sede del Consejo de Estado por su presidenta, Carmen Calvo, que destacó la utilidad de este libro, que ha calificado como “un empeño responsable para que la sabiduría del Consejo de Estado esté a disposición”. Además, ha considerado que al centrarse en la mejora de la calidad normativa contribuye a reforzar la seguridad jurídica que, en definitiva, ayuda a sostener nuestro modelo de Estado social y democrático de Derecho.

Según consta en el libro, “los objetivos de esta obra son dar a conocer dicha doctrina, de forma accesible y sistematizada, a quienes participan en el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos, constituir una guía de consulta a la que se recurra para resolver las dudas que en esta materia puedan surgir y, a través de ello, mejorar la calidad de las normas que integran nuestro ordenamiento jurídico y contribuir a la plena vigencia del principio de seguridad jurídica”.

El libro constituye una inestimable aportación personal del autor, que lo expresa así en la introducción del mismo: “transcurridos diez años desde que ingresé en el Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado, he considerado necesario elaborar este trabajo para arrojar luz sobre una parte de la doctrina del Consejo de Estado, la que se refiere a los proyectos de disposiciones generales, con los objetivos de darle una mayor difusión y, con ello, contribuir a la mejora de la calidad de las normas que integran nuestro ordenamiento jurídico y a la vigencia del principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 de la Constitución Española”.

Consejo de Estado: La Presidenta del Consejo de Estado presenta el libro “Técnica normativa y Consejo de Estado”

La Presidenta del Consejo de Estado presenta el libro “El procedimiento de la elaboración de disposiciones generales desde la perspectiva del Consejo de Estado”

Relacionado:

Dictamen del Consejo de Estado sobre desaguisados de técnica normativa; STS sobre la información y audiencia pública y opinión del Banco de España sobre el deterioro de la calidad institucional

El V centenario de un devaluado Consejo de Estado

Malos usos en la producción normativa: el abuso del decreto-ley y la tramitación de urgencia. (Prólogo de José Eugenio Soriano García, Catedrático de Derecho Administrativo). Editorial Jurídica Sepín, 2023.

Sobre la importancia de los procedimientos en la toma de decisiones colectivas y de las formas y filtros establecidos al efecto. Diario La Ley, nº 10.501, 9 de mayo de 2024.

El envilecimiento de la actividad legislativa: Un atentado contra el Estado de Derecho y el principio democrático. Confilegal.com, 3 de enero de 2023.

Nunca se legisló tan mal. Debemos exigir un cambio radical al respecto. Diario La Ley, nº 10.180, 29 de noviembre de 2022.

Una propuesta para un mejor control parlamentario de la aplicación del Derecho de la UE

Sobre la mejora en la eficacia de la aplicación del derecho europeo en España

Autores: Isaac Ibáñez García

Localización: Documentos – Instituto de Estudios Fiscales, ISSN 1578-0244, Nº. 1, 2016

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Resumen

Si, como ha reconocido el propio Gobierno, “el Derecho de la UE, en virtud del principio de primacía, condiciona de manera esencial la actividad normativa nacional a todos los niveles del ordenamiento jurídico interno (y) esta situación de desplazamiento creciente de la creación normativa hacia las instituciones de la UE plantea a los Gobiernos y Administraciones nacionales nuevos retos de adaptación a un escenario jurídico en el que, cada vez en mayor medida, las normas que afectan directamente a los ciudadanos y empresas provienen de Bruselas”; y las estimaciones indican que el porcentaje de producción normativa de un Estado miembro de alguna manera influido por el Derecho de la Unión Europea puede llegar al 80%; parece obvio que las Directrices de técnica normativa no pueden ser ajenas a esta realidad.

Hasta la fecha se han dado sólo tímidos y fragmentarios pasos en la elaboración de directrices y acciones encaminadas a mejorar los controles de calidad, ex ante y ex post, de la incorporación al ordenamiento interno del Derecho de la Unión Europea.

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