La ministra de Educación, si sigue, está necesitada de (mucha) educación en TRANSPARENCIA

El 2 de septiembre de 2023, es decir, HACE MÁS DE DOS MESES (La ley impone el plazo de UN MES para contestar), se solicitó, al Ministerio de Educación, la siguiente información:

“En el eldiario.es de 31/08/2023 aparece la siguiente información: “El Gobierno aplaza la reforma de la EBAU y mantiene sin cambios la prueba para 2024.

El Ministerio de Educación ha trasladado este jueves la decisión a las comunidades después de que los informes jurídicos no avalasen que se pudiera aprobar la norma estando en funciones”. https://www.eldiario.es/sociedad/gobierno-aplaza-reforma-ebau-mantiene-cambios-prueba-2024_1_10477221.html

Se solicita acceso a los INFORMES JURÍDICOS a que se refiere dicha información.

Existen antecedentes de concesión de acceso a este tipo de informes relativos a las posibilidades de hacer del Gobierno en funciones. A título de ejemplo:

Mº Asuntos Exteriores, expediente 001-008637 y expediente 001-004804; Mº Presidencia, expediente 001-005427; Mº Justicia, expediente 001-005442”.

Cuando es evidente que no se tenía intención de acceder a la petición de información, el 9 de octubre de 2023, el Ministerio comunica al peticionario que prorroga un mes adicional el plazo para resolver, dada la complejidad de la información que se solicita”.

El peticionario, ante tal indebida e injustificada prórroga alega al Ministerio:

“Parece ser que lo solicitado es un solo documento, por lo que el volumen o la complejidad de la información solicitada brilla por su ausencia. La ampliación de este plazo, unida a la tardanza en el inicio de la tramitación, parece más una maniobra dilatoria”.

Como así ha sido.

Con fecha de hoy el Ministerio comunica la siguiente Resolución:

“De acuerdo con la letra b) del apartado 1 del artículo 18 de la citada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se inadmitirán a trámite las solicitudes de acceso a la información pública que se refieran a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo, como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas.

Analizada la solicitud de referencia, esta Secretaría de Estado de Educación considera que se está requiriendo documentación de carácter auxiliar o de apoyo, acorde con lo expresado en la letra b) del apartado 1 del artículo 18 precitado.

Por todo lo expuesto, se inadmite a trámite la solicitud de acceso a la información pública objeto de esta resolución”.

Recordemos que hay precedentes gubernamentales de acceso a este tipo de documentos.

Nada de complejidad de la información solicitada. Simplemente, una auténtica tomadura de pelo, ausente de la más mínima educación y respeto para con los ciudadanos.

Este tipo de resoluciones antidemocráticas es la causante del colapso del sistema de transparencia y del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que tiene tres meses para resolver las reclamaciones y está acercándose al año en el tiempo en resolver.