La Sala subraya que “los empleados públicos se benefician de las libertades económicas fundamentales que les permiten moverse por el mercado único europeo sin traba alguna”. Advierte que sus experiencias profesionales “no pueden limitarse por razón de la nacionalidad o por haberse desplazado o provenir la experiencia de otro país de la Unión Europea”
Autor: Comunicación Poder Judicial.21 de abril de 2025.
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