Responsabilidad por infracción del Derecho de la Unión: el Tribunal de Justicia precisa las condiciones en las que un justiciable puede obtener una indemnización a raíz de una resolución judicial contraria al Derecho de la Unión
En dos sentencias dictadas hoy, el Tribunal de Justicia desarrolla su jurisprudencia en materia de responsabilidad de los Estados miembros por las infracciones del Derecho de la Unión cometidas por un órgano jurisdiccional nacional de última instancia, precisando el papel que desempeña el incumplimiento de la obligación de remisión prejudicial.
Así, en un asunto rumano, indica que dicha responsabilidad solo puede generarse si el incumplimiento de la obligación de remisión va acompañado de la infracción de otra norma del Derecho de la Unión destinada a conferir derechos a los particulares. Sin embargo, no sucedía así en este asunto, ya que las normas controvertidas relativas a la identificación precisa de las superficies agrícolas persiguen el objetivo de interés público general de protección de los intereses financieros de la Unión.
En un asunto portugués, las normas controvertidas, aplicadas incorrectamente en una sentencia de un tribunal supremo de 2009, sí tenían ese fin, ya que protegen a los trabajadores en caso de transmisión de empresa. El Tribunal de Justicia señala que corresponde al tribunal nacional comprobar si la sentencia constituye una infracción suficientemente caracterizada del Derecho de la Unión, que es uno de los requisitos para que se genere la responsabilidad de un Estado miembro por infracción de ese Derecho por parte de uno de sus órganos jurisdiccionales que resuelva en última instancia. No obstante, pone de relieve determinados elementos que califica de decisivos para dicho examen, y sugiere que este requisito se cumple en el asunto principal.