Referencias del consejo de ministros del 17 de diciembre de 2024.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
“El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación cuyo objetivo es actualizar la vigente Ley Orgánica 2/1984 para garantizar este derecho instrumental en el contexto actual de las nuevas tecnologías de la información permitiendo corregir públicamente informaciones falsas o inexactas que causan un perjuicio a los particulares.
Una de las innovaciones más importantes del Anteproyecto es el ámbito de aplicación del derecho, que se extiende a los medios de comunicación social, incluyendo los digitales, y a los usuarios de especial relevancia de plataformas en línea (conocidos coloquialmente como influencers). Se consideran como tales a los usuarios que cuenten con más de 100.000 seguidores en una única plataforma, o 200.000 de forma acumulada en varias, ya que muchas veces sus contenidos tienen un alcance mayor que los medios tradicionales. Además, estos medios de comunicación y las plataformas que albergan a los usuarios de especial relevancia deberán establecer un mecanismo accesible para facilitar el ejercicio del derecho de rectificación, avisar cuando una noticia sea rectificada y enlazarla a la original.
Asimismo, la norma suprime el requisito de dirigirse al director del medio para solicitar la rectificación y mantiene que la difusión de la rectificación debe ser gratuita, íntegra y hacerse con una relevancia semejante a la de la publicación original.
En cuanto a las personas legitimadas para solicitar la rectificación, el Anteproyecto refuerza los derechos de las personas con discapacidad y amplia los sujetos cuyos familiares hayan fallecido y les afecte una información. También amplía el plazo para solicitar la rectificación, pasando de los siete a diez días.
Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Acción por la Democracia, en su medida 2.4.2., y forma parte de la línea de acción que pretende promover una mayor calidad del debate público, cumpliendo así con el objetivo de reforzar el derecho a la libertad de expresión y garantizar el derecho a la información veraz”.
ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación.