La limitación de la actualización de los alquileres no vulnera el derecho de propiedad, según el TS

El Tribunal Supremo avala la limitación de la actualización de los alquileres para proteger a los arrendatarios regulada en reales decretos-leyes de 2022

El tribunal considera que dicha limitación no supuso una privación del derecho de propiedad ni vulneró su contenido esencial

Autor: Comunicación Poder Judicial. Martes, 20 de enero de 2026

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que avala la limitación de la actualización de la renta de los contratos de arrendamiento para uso de vivienda, con motivo de la variación del IPC, que se incluyó en el Real Decreto-Ley de 29 de marzo de 2022 y en sus dos prórrogas del mismo año, que aprobó medidas urgentes para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, así como a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

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Para el tribunal, “la introducción de la reforma debatida en el derecho de propiedad de los arrendadores de bienes inmuebles, que limita las facultades de sus titulares en cuanto a la actualización anual de la renta arrendaticia, no es, per se, contraria a la Constitución ni da lugar a una compensación indemnizatoria, al no infringirse el artículo 33.3 de la CE, en tanto que no supone una privación del derecho de propiedad ni vulnera su contenido esencial, siendo los límites establecidos, en el caso que nos ocupa, razonables, proporcionados y motivados debidamente”.

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