Decisión sobre la aplicación por parte de la Comisión Europea de las normas que regulan los grupos de expertos y otras entidades similares en materia de transparencia (asunto OI/3/2024/KR)
Decisión. Caso OI/3/2024/KR – Decisión del 21 febrero 2025 – Institución concernida Comisión Europea.
El caso se refería al sistema de grupos de expertos de la Comisión Europea, que desempeña un papel importante a la hora de fundamentar las decisiones que adopta la Comisión. En el contexto de una investigación anterior del Defensor del Pueblo, la Comisión adoptó nuevas normas para estos grupos de expertos. En esta investigación de seguimiento, el Defensor del Pueblo evaluó cómo aplicaba la Comisión estas normas, especialmente en relación con la transparencia de la composición y las deliberaciones de los grupos de expertos.
La investigación demostró que la Comisión cuenta con directrices internas para la aplicación de las normas del grupo de expertos y que imparte formación al personal pertinente. La Comisión también ha creado una red interna de coordinadores especializada para supervisar y promover la correcta aplicación de las normas del grupo de expertos, algo que el Defensor del Pueblo acogió con satisfacción.
Sin embargo, el Defensor del Pueblo identificó una serie de áreas en las que la Comisión podría mejorar aún más la transparencia de los grupos de expertos. En primer lugar, la Comisión debería hacer públicas sus directrices internas para aclarar lo que el público puede esperar de su aplicación. En segundo lugar, cuando determinados documentos de los grupos de expertos no se divulguen de forma proactiva, la Comisión debería incluirlos en las actas de las reuniones de los grupos de expertos pertinentes, para que el público pueda solicitar acceso a ellos en caso necesario. En tercer lugar, la Comisión debería fijar plazos para la publicación de los documentos antes y después de las reuniones de los grupos de expertos. Por último, la Comisión debería mejorar las funciones de búsqueda en los registros de documentos que son pertinentes para los grupos de expertos.
El Defensor del Pueblo concluyó que no estaba justificado realizar más investigaciones y cerró la investigación.
“Sugerencias para mejorar:
Para mejorar aún más la transparencia de los grupos de expertos, la Comisión debería:
1.Hacer públicas las directrices internas proporcionadas en el contexto de esta investigación, con las redacciones apropiadas si es necesario, para aclarar lo que el público puede esperar de la implementación por parte de la Comisión de las reglas sobre grupos de expertos.
2.a. Incluir en las actas de las reuniones de los grupos de expertos una lista de los documentos que se discutieron, pero que la Comisión determinó que no podían hacerse públicos de manera proactiva, para permitir que el público solicite acceso a ellos en caso de ser necesario. Las directrices internas deberían actualizarse para reflejar esta práctica.
b. Realizar una revisión de una muestra aleatoria de las razones para no divulgar los documentos del grupo de expertos, para verificar que estén justificadas.
3.Establecer plazos para la publicación de los documentos de los grupos de expertos antes y después de las reuniones de los grupos de expertos a fin de garantizar el acceso oportuno a los documentos y la coherencia en la aplicación de las normas.
4.Mejorar las funciones de búsqueda en los registros que sean pertinentes para la labor de los grupos de expertos. Para ello, la Comisión podría solicitar la opinión de los usuarios del registro de los grupos de expertos para fundamentar su evaluación”.