Inaplicación de leyes procesales nacionales si no son conformes con el Derecho de la UE

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-253/23 ASG 2

28/01/2025. “Resarcimiento del perjuicio causado por un cártel: una normativa nacional que impide una acción colectiva de cobro puede infringir el Derecho de la Unión

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El Derecho de la Unión no regula las modalidades del ejercicio del derecho a resarcimiento por los daños y perjuicios causados por una infracción del Derecho de la competencia. Por lo tanto, corresponde a cada Estado miembro regularlas, respetando, en particular, el principio de efectividad.

En el presente asunto, el juez alemán deberá verificar si la interpretación del Derecho nacional que prohibiría la reclamación de una indemnización de los daños causados por un cártel mediante la acción colectiva en cuestión cumple el requisito de efectividad. Si concluyese i) que el derecho alemán no ofrece ninguna otra vía de recurso colectiva que garantice la aplicación efectiva de este derecho a resarcimiento, y ii) que una acción individual imposibilita o dificulta excesivamente su ejercicio y menoscaba su derecho a la tutela judicial efectiva, el juez alemán debería declarar que existe una vulneración del Derecho de la Unión.

En tal supuesto, debería tratar de interpretar las disposiciones nacionales de manera conforme con el Derecho de la Unión. Si la interpretación conforme resultara imposible, el juez alemán debería dejar inaplicadas las disposiciones nacionales que prohíben la acción colectiva de cobro de las pretensiones indemnizatorias individuales de que se trata”.

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