Hoy, Diario del Derecho publica un excelente trabajo de mi querido amigo José Eugenio Soriano, Catedrático de Derecho Administrativo, con el título: Sanciones administrativas de efecto penal y su doble revisión judicial.
El trabajo trata de contestar a la siguiente cuestión:
¿El recurso de casación contra sanciones administrativas quasi penales cumple con el Convenio Europeo y su Protocolo séptimo que impone revisar por un tribunal superior las sanciones impuestas por la Administración?
Como consta en posts publicados en este blog y en publicaciones académicas, soy un ferviente defensor del vigente recurso de casación en la jurisdicción contencioso-administrativa. Pero también he dicho que la regulación tiene algunas anomalías, como la analizada por Soriano y otras también de importancia como la existencia de una única instancia ordinaria en materias tan importantes como los tributos gestionados por la Agencia Tributaria estatal o por las Comunidades Autónomas, cuando tributos de menor entidad, como los municipales, tienen dos instancias ordinarias, antes de la casación.