Ayer se presentó el Libro Blanco sobre la reforma tributaria, elaborado a petición del Gobierno por un Comité de personas expertas.
Parece de utilidad que se nos informe que el documento ha sido elaborado por personas (expertas) y no por robots (expertos). Son las típicas memeces a las que se nos quiere acostumbrar por parte de políticos incompetentes. Una neolengua para un mundo orwelliano que se nos avecina.
El documento detalla todo un “Infierno tributario” al que se nos puede someter. Para los más pobres se propone primero sablearlos y después darles una limosna (“paquetes compensatorios y transferencias a los hogares con menor renta en aquellas propuestas que tuvieran un mayor impacto regresivo”. sic).
Creo que fue César Albiñana García-Quintana quien escribiera hace años que en España no había baldíos impositivos. Se equivocó. No imaginó esa gran patraña que son los tributos medioambientales, verdes y otras hierbas con los que –sin prescindir de los tradicionales, incluidos impuestos arcaicos como el IAJD- se quiere sablear al contribuyente. Es falaz atribuir finalidad extrafiscal a este tipo de tributos, su finalidad es eminentemente recaudatoria. Recordemos el famoso “céntimo sanitario”, que fue tumbado por el Tribunal de Justicia de la UE.
Es inútil hablar de justicia tributaria cuando tenemos un gasto y deuda públicas desaforados y galopantes. Si Berliri levantara la cabeza…
El Informe no se preocupa con seriedad (peccata minuta) de la necesidad de mejora de los mecanismos de defensa a disposición del sufrido contribuyente. Pero como hay que decir algo, se despachan con lo siguiente sobre la litigiosidad tributaria:
“La última variable considerada es la elevada litigiosidad, en particular, de los tribunales económico-administrativos, una vía administrativa previa, que no existe en otras jurisdicciones y que con frecuencia eleva los tiempos de resolución final de las controversias. El elevado porcentaje de reclamaciones estimadas (dos tercios en el caso del ISD e ITPyAJD; alrededor de la mitad en IVA, IS e IRPF) muestra amplias posibilidades de mejora en la relación de las diversas agencias tributarias con el contribuyente (Tabla I.4). La reducción de la litigiosidad debe ser una prioridad en el marco de una estrategia que estimule el cumplimiento voluntario”.
¿Esto es una recomendación seria?:
“El Comité recomienda que se instrumenten los medios necesarios que permitan acortar en general de manera eficaz los plazos de resolución de las controversias tanto en vía económico-administrativa como en vía judicial”.
Compárese con el desarrollo que se hace respecto a las medidas “de recaudación”.
Ha dicho la ministra del ramo que ante la guerra de Ucrania la reforma tributaria queda en stand by. No obstante, creo que esta guerra será coartada para justificar todos nuestros males domésticos, especialmente los económicos: los existentes, los que se estaban incubando y los que vengan.
Recordando a Dante. “Perded toda esperanza, vosotros los que entráis aquí”.