A este asunto, centrándome en el contrato típico del sector de la construcción (el contrato para obra o servicio determinado) y su “derogación” por la reforma laboral, dediqué dos posts:
El nuevo y lampedusiano contrato de trabajo indefinido “adscrito a obra”
Dos puntos menos de temporalidad laboral por arte de “birlibirloque”
Ayer, Isabel Acosta publico esté excelente artículo en theobjective.com:
“Ni más sueldo ni menos temporalidad: las ‘trampas’ de los contratos indefinidos de Díaz
Los contratos ‘fijos’ de duración inferior al año superarán el 65% del total en 2022, según proyecciones del servicio de estudios de Asempleo”
Desmontando la farsa.