Varias Comunidades Autónomas han anunciado su intención de impugnar ante el Tribunal Constitucional la ley de amnistía.
Si, como parece, después de la humillación a la que trata de someter a España el prófugo Puigdemont -poniendo de hinojos al señor Sánchez- , fructifican las negociaciones para la investidura, la amnistía se tramitará como proposición de ley y no como proyecto de ley del Gobierno, a fin de evitar el pronunciamiento de altos órganos consultivos, como el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial.
No obstante, existe una vía para que el Consejo de Estado se pronuncie.
Así, el artículo 24 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado, dispone:
“Las Comunidades Autónomas podrán, por conducto de sus Presidentes, solicitar dictamen del Consejo de Estado, bien en Pleno o en Comisión Permanente, en aquellos asuntos en que, por la especial competencia o experiencia del mismo, lo estimen conveniente.
El dictamen será preceptivo para las comunidades autónomas que carezcan de órgano consultivo propio en los mismos casos previstos por esta ley orgánica para el Estado, cuando hayan asumido las competencias correspondientes”.
Por tanto, cualquier órgano de Gobierno de las Comunidades Autónomas pueden solicitar el dictamen al Consejo de Estado.
Según expone el mismo Consejo en su página web, “El Consejo sitúa en el centro de sus preocupaciones la lealtad constitucional y la defensa del Estado social y democrático de Derecho, como expresión de los derechos de la ciudadanía”.
Artículo de interés de Fernando García-Romanillos, hoy en Vozpópuli:
“Amnistía: el silencio de un Consejo de Estado presidido por una sanchista
La colonización sanchista de esta institución del estado no está consumada, pues en el grupo de los nueve consejeros permanentes que no pueden ser cesados, seis de ellos llegaron hace más de una década y son juristas de reconocido prestigio”.